miércoles, 12 de julio de 2017

Instrucción sobre la “moral de situación" - Santo Oficio

Instrucción del Santo Oficio 

Contra doctrinam

Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio 

Instrucción sobre la “moral de situación2

Todos los Ordinarios y de los profesores 
en los seminarios y ateneos,
o aquellos que enseñan en las Universidades de estudios,
y para profesores de las casas de estudios religiosos
(2 de febrero de 1956)

Cardenal Giuseppe Pizzardo

Contrario a la doctrina moral y su aplicación que es tradicional en la Iglesia Católica, se ha empezado a difundir en el extranjero en muchas regiones, incluso entre los católicos, un sistema ético que va generalmente con el nombre de una cierta “moral de situación”, y la cual, según ellos, no se basa en los principios de la ética objetiva (que en última instancia tiene sus raíces en el “Ser” en sí), sino que no está meramente sujeta al mismo límite en cuanto ética objetiva, sino que la trasciende.
Los autores que siguen este sistema sostienen que la norma decisiva y última de la conducta no es el orden objetivo correcto, determinado por la ley de la naturaleza conocida con certeza de dicha ley, sino un cierto juicio íntimo y la luz de la mente de cada individuo; por medio de los cuales, en la situación concreta en la que se encuentra, aprende lo que debería hacer.
Y así, según ellos, esta última decisión que hace un hombre no es, como enseña la ética objetiva dictada por maestros autores de gran de peso, la aplicación de la ley objetiva a un caso particular, que al mismo tiempo toma en cuenta y sopesa de acuerdo a las reglas de prudencia las circunstancias particulares de la “situación”, sino esa luz interna inmediata y juicio. En última instancia, al menos en muchos asuntos, este juicio no se mide, no se debe ni se puede medir, en lo que respecta a su rectitud y verdad objetiva, por cualesquiera normas objetivas situadas fuera del hombre e independientes de su persuasión subjetiva, sino que es completamente autosuficiente.
Según estos autores, el concepto tradicional de la “naturaleza humana” no es suficiente; sino que debe recurrirse al concepto de naturaleza humana “existente”, que en muchos aspectos no tiene valor absolutamente objetivo, sino sólo un valor relativo y, por tanto, inconstante, excepto, tal vez, por esos pocos factores y principios que se refieren a la naturaleza humana metafísica (absoluta e inmutable).

Del mismo valor meramente relativo es el concepto tradicional de la “ley de la naturaleza”. Por lo tanto, muchas cosas que se consideran comúnmente hoy en día como postulados absolutos de la ley natural, de acuerdo con su opinión y doctrina, descansan en el concepto antes mencionado de la naturaleza existente y son, por lo tanto, relativos y cambiantes; que siempre se pueden adaptar a cada situación.
Después de haber aceptado estos principios y ponerlos en práctica, afirman y enseñan que los hombres se conservan o son fácilmente liberados de muchos conflictos éticos de otro modo insolubles cuando cada uno juzga en su propia conciencia, no principalmente de acuerdo a leyes objetivas, sino por medio de esa luz interna individual basada en la intuición personal, de lo que debe hacer en una situación concreta.
Muchas de las cosas establecidas en este sistema de “moral de situación” contradicen la verdad de la materia y los dictados de la razón sólida, traiciona rastros de relativismo y modernismo, y divaga lejos de la doctrina católica transmitida a lo largo de los siglos. En muchas de sus afirmaciones son semejantes a varios sistemas éticos no católicos.
Habiendo considerado estas cosas con el fin de evitar el peligro de la “nueva moral”, de la cual el Sumo Pontífice Pío XII habló en las alocuciones realizadas en los días 23 de marzo y 18 de abril de 1952, y con el fin de salvaguardar la pureza y la integridad de la doctrina católica, esta Sagrada Congregación Suprema del Santo Oficio veta y prohíbe esta doctrina de la ” moral de situación” de ser enseñada o aprobada, bajo ningún nombre con el que se le pueda designar, ya sea en las universidades, ateneos, seminarios o casas de formación religiosa, o en los libros, tesis, clases, ya sea, como se suele decir, en conferencias, o por cualquier otro medio que se pueda propagar o defender.

Dado en Roma, desde el edificio de la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio, el día de 2 de febrero del año 1956.

Giuseppe Cardinal Pizzardo, Obispo de Albano, Secretario


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