ENCHIRIDION
INDULGENTIARUM
Penitenciaría
Apostólica
Normas,
Concesiones
y
Principales Oraciones del Cristiano
PRESENTACIÓN
El presente libro aparece como la versión castellana oficial de la
segunda edición del “Enchiridion Indulgentiarum” que vio la luz, con su editio
typica altera, en 1986.
Este Enchiridion es en primer lugar una “confessio fidei”.
Confesión de fe en la Redención obrada por Cristo, que nos hace capaces de
obrar meritoriamente y participar así, activamente, pese a nuestra debilidad y sin
detrimento alguno de la gratuidad del Don de Dios, en la obra de la salvación
universal. Si algo queda claro en estas páginas es que la “indulgencia” no es
una alternativa a las obras impulsadas por la Caridad teologal, sino un acicate
o una confirmación de las mismas, un impulso para actuar libre y
voluntariamente según el Espíritu Santo.
Pero esta confesión de fe abarca también el misterio de la Iglesia
como cuerpo de Cristo. Las indulgencias nos hacen vivir el dogma de la comunión
de los Santos. Dogma que cobra una singular actualidad, unido al misterio de la
Redención, cuando nos disponemos a emprender el camino, marcado por el Santo
Padre en su carta “Tertio Millennio Adveniente”, hacia el Jubileo del año 2000.
La eclesiología de Comunión del Concilio Vaticano II y la presentación de la
Iglesia como Pueblo ministerialmente estructurado encuentran en la doctrina del
Cuerpo Místico y en la verdad de la comunión de los santos su trama teológica y
su fundamentación vital y vivificante.
El “Manual de Indulgencias” nos invita también, muy seriamente, a
pasar de la “confessio fidei” a la “confessio peccatorum”. Este libro es una
llamada a la conversión. Una llamada no sólo a oponernos al pecado en nuestra
vida y en la convivencia social, sino a luchar contra sus nefastas
consecuencias. Y a luchar confiadamente, apoyados en el tesoro de los méritos
de Cristo y contando con la solidaridad de toda la Iglesia. Las “Indulgencias”
que el Santo Padre concede, con la potestad recibida de Cristo, secundando la
acción del Espíritu Santo en la Iglesia, ponen de manifiesto el carácter
absolutamente gratuito de la remisión de los pecados y de la salvación.
Dentro de una experiencia jubilar de perdón y desde una pastoral
evangelizadora, que exige necesariamente conversión personal y comunitaria
−como vuelta a Cristo y auténtica vivencia del misterio de la Iglesia−, este
Manual de Indulgencias nos ofrece una ayuda que, muchas veces, corremos el
riesgo de no saber apreciar.
Finalmente, este Texto, que presentamos en su versión castellana,
nos impulsa desde la fe y la experiencia gozosa de la conversión, a una real
“confessio laudis”. El completísimo elenco de oraciones aquí recogido, que va
desde una Liturgia hasta las formas más sencillas de Piedad Popular, nos invita
a valorar la fuerza de la oración y la alabanza. Se unen alabanza y súplica,
porque la petición es también −adecuadamente entendida− una forma de alabanza,
de reconocimiento de la grandeza y bondad divinas. Este libro presenta las
principales oraciones del Cristiano que pueden ser de una inestimable utilidad
pastoral a la hora de orientar y atender la sed de oración y la búsqueda de una
perspectiva trascendente para la vida, que se constata en tan amplios sectores
de la sociedad contemporánea.
Ojalá los Obispos y Sacerdotes sepamos aprovechar la ocasión que
nos brinda la publicación de este “Manual” para emprender el camino que nos
conduzca hasta el Jubileo del año 2000 y presentemos con fuerza el estrecho
lazo −evidenciado en este Manual de Indulgencias y en el acontecimiento
jubilar− que une la confesión valiente de la fe con la verdadera conversión y
con la genuina alabanza al Dios tres veces Santo.
Madrid, 11 de junio de 1995, Solemnidad de la Ss.Trinidad.
ELÍAS YANES ÁLVAREZ
Arzobispo de Zaragoza Presidente de la Conferencia Episcopal
Española
***
PREFACIO A LA
TERCERA EDICIÓN
Desde que la Penitenciaría Apostólica publicó el Enchiridion de las
Indulgencias, a saber, el día 29 de junio, solemnidad de san Pedro y san Pablo,
del año 1968, se han introducido cambios y ampliaciones muy importantes en lo
que se refiere al empleo de la Palabra de Dios, de la que dimana toda la vida
de la Iglesia, en lo que se refiere a la ejecución de los ritos sagrados y al
régimen disciplinar.
Respecto a lo cual, y en lo que atañe a las indulgencias, cabe
recordar la nueva edición Vulgata de los libros sagrados, los nuevos ritos y
textos de las celebraciones litúrgicas y, finalmente, la promulgación del nuevo
Código de Derecho Canónico para la Iglesia latina.
En verdad, aunque todo ello nada ha modificado de la disciplina de
las indulgencias, sino que incluso, el citado Código, en lo referente al uso y
concesiones de las mismas, ha confirmado expresamente las prescripciones
contenidas en las leyes peculiares ya promulgadas, sin embargo, en la adecuada
expresión de las normas y en la exposición de la lista de obras y preces
enriquecidas con indulgencias, hay que tener en cuenta las nuevas ediciones y
normas de que se ha hablado, ya se trate de aducir textos de la Sagrada
Escritura, ya se trate de indicar las normas vigentes de las acciones
litúrgicas o de citar los cánones con su propia enumeración.
Así, pues, ha parecido necesario preparar una nueva edición que tuviera
en cuenta los criterios aquí referidos, para que el Enchiridion de las
Indulgencias concuerde armónicamente con los demás textos auténticos litúrgicos
y canónicos actuales en vigor; y, con esta ocasión, también se han añadido al
Enchiridion nuevas concesiones de indulgencias, hechas por el Sumo Pontífice
Juan Pablo II, el cual aprobó esta edición en la audiencia del día 13 de
diciembre de 1985.
En el texto anejo de la Constitución Apostólica Indulgentiarum
doctrina no se ha introducido modificación alguna, ya que convenía presentarlo
de acuerdo con su autenticidad histórica, tal como consta en el documento
original. Esta edición incluye, asimismo, antes de las “Orientaciones
generales”, el texto del Decreto de la Penitenciaría Apostólica tal como fue publicado
el día 29 de junio de 1968, para que se vean claramente los criterios que
determinan la fuerza canónica del Enchiridion.
La Penitenciaría Apostólica, al publicar ahora por tercera vez el
Enchiridion de las Indulgencias, lo hace con el deseo de que los fieles
encuentren en él una valiosa ayuda para alcanzar la santificación, ya sea por
el mismo piadoso uso de las indulgencias, ya por el fervor de la caridad, y por
las buenas obras, que son, por así decirlo la raíz y la vida íntima de las
indulgencias.
Dado en Roma, desde la Penitenciaría Apostólica, el día 18 de mayo
de 1986, solemnidad de Pentecostés.
Luis Card. DADAGLIO
Penitenciario Mayor
LUIS DE MAGISTRIS
Regente
***
SAGRADA
PENITENCIARÍA APOSTÓLICA
DECRETO
En la Constitución Apostólica Indulgentiarum doctrina del día 1 de
enero de 1967 leemos: “Para elevar a una mayor dignidad el uso de las
indulgencias, la santa Madre Iglesia ha considerado oportuno introducir alguna
innovación en la disciplina de las mismas y ha decretado dar nuevas normas”.
Y en la norma 13 de la misma Constitución se establece: “Se
revisará el Enchiridion de las Indulgencias con el criterio de que sólo se
enriquezcan con indulgencias las principales preces y obras de piedad”.
Obedeciendo al deseo del Sumo Pontífice, expresado tanto por la
Constitución Apostólica Indulgentiarum doctrina como por las nuevas
disposiciones, esta Sagrada Penitenciaría se preocupó por preparar
cuidadosamente el nuevo Enchiridion de las Indulgencias.
El Sumo Pontífice Pablo VI, después de la relación que le hizo el
Cardenal Penitenciario Mayor, en la audiencia del día 14 de junio del año en
curso, el día 15 del mismo mes aprobó y mandó que fuera tenido por auténtico el
nuevo Enchiridion de las Indulgencias, impreso en la tipografía Vaticana,
abrogando las concesiones generales de indulgencias no contenidas en el mismo
Enchiridion, y abrogando además las disposiciones del Código de Derecho
Canónico, de las Cartas Apostólicas, incluso las dadas motu proprio y de los
Decretos de la Santa Sede acerca de las indulgencias, que no se citan luego en
las Normas sobre las mismas.
Sin que conste absolutamente nada en contra, ni que sea digno de
especial mención.
Dado en Roma, desde la misma Sagrada Penitenciaría Apostólica, el
día 29 de junio de 1968, fiesta de los santos apóstoles Pedro y Pablo.
José Card. FERRETTO
Obispo titular de la iglesia suburbicaria
de Sabina-Poggio Mirteto. Penitenciario Mayor
JUAN SESSOLO
Regente
***
PAENITENTIARIA APOSTOLICA Prot N. 13/954
Ex parte Paenitentiariae Apostolicae nihil obstat quominus versio
in linguam hispanicam Enchiridii indulgentiarum, cura Conferentiae Episcopalis
Hispaniae concinnata, et hic pro munere attente revisa et textui originali
congruens reperta, publici iuris fiat, servatis de more servandis.
Datum Romae, ex aedibus Paenitentiaria Apostolica, die 7 februarii
1995.
WILLIAM Card. BAUM
Paen. M.
ALOISIUS DE MAGISTRIS
Regens
***
ORIENTACIONES
1. Cuando este Enchiridion fue editado por primera vez, se puso en
práctica la norma 13 de la Constitución Apostólica: “Se revisará el Enchiridion
de las Indulgencias con el criterio de que sólo se enriquezcan con indulgencias
las principales preces y obras de piedad”.
2. Por lo que a esto atañe, se consideran preces y obras
principales aquéllas que, habida cuenta de la tradición y de los cambios
introducidos por el tiempo, no sólo parecen especialmente aptas para ayudar a
los fieles a satisfacer por las penas debidas por sus pecados, sino que
también, y principalmente, los impulsan a mayor fervor de la caridad. En este
principio se ha apoyado el plan seguido al reorganizar esta materia (1).
3. De acuerdo con la tradición, la participación en el Sacrificio
de la Misa y en los Sacramentos, debido a su altísima eficacia en cuanto a “la
santificación y la purificación” (2), no queda enriquecida con indulgencias.
Cuando con motivo de algún
acontecimiento especial (por ejemplo, la primera sagrada comunión, la primera
Misa de un neosacerdote, la Misa al final de un Congreso eucarístico), se concede
indulgencia, ésta no se añade a la participación en la Misa o en los
sacramentos, sino a las circunstancias extraordinarias que acompañan a este
tipo de participación. Así, con la ayuda de la indulgencia, se promueve, y, en
cierto modo se premia, el deseo de entrega, propio de estas celebraciones, el
buen ejemplo que se da a los demás, el honor que se tributa a la augusta
Eucaristía y al sacerdocio.
Sin embargo, la indulgencia puede añadirse, de acuerdo con la
tradición, a diversas obras de piedad privada y pública; además pueden dotarse
con indulgencias las obras de caridad y penitencia, a las cuales conviene en
nuestros tiempos atribuir una mayor importancia. Todas estas obras enriquecidas
con indulgencias, como por lo demás, cualquier otra obra buena y cualquier
sufrimiento llevado pacientemente, no se
separan en modo alguno de la Misa y los sacramentos, puesto que son las fuentes
principales de santificación y de purificación; (3) las buenas obras, en
efecto, y los sufrimientos se convierten en oblación de los fieles, que se une
a la oblación de Cristo en el Sacrificio Eucarístico (4) ; la Misa y los
sacramentos, en efecto, inducen a los fieles a cumplir sus obligaciones de
manera que vivan “de acuerdo con la fe que profesaron” (5) ; y, a la inversa,
el cumplimiento diligente de sus obligaciones los dispone cada día más y más a
participar con fruto en la Misa y los sacramentos (6) .
4. De acuerdo con los cambios introducidos con el correr de los
tiempos, se atribuye una importancia mayor a la acción del fiel cristiano (Opus
operantis) por lo cual no se menciona una larga relación de obras de piedad
(Opus operatum) como separadas de la vida cotidiana del fiel cristiano, sino
que se presenta sólo un número reducido de concesiones (7), que ayuden a que la
vida de los fieles cristianos sea más útil y más santa, y así se suprime “aquel
divorcio entre la fe que profesan y la vida cotidiana de muchos... haciendo una
síntesis vital del esfuerzo humano, familiar, profesional, científico o
técnico, con los valores religiosos, bajo cuya altísima jerarquía todo se
ordena a la gloria de Dios” (8).
Se ha tenido interés más bien por dar una mayor cabida a la vida
cristiana y dirigir la atención hacia el espíritu de oración y de penitencia y
la práctica de las virtudes teologales, más que en proponer la repetición de
fórmulas y de actos.
5. En el Enchiridion, antes de citar las diversas concesiones, se
hace una relación de las Normas, tomadas de la Constitución Apostólica y del
Código de Derecho Canónico.
Ha parecido útil, en efecto, incluso en previsión de las dudas que
puedan surgir en esta materia, exponer en conjunto y ordenadamente todas las
disposiciones actuales vigentes acerca de las indulgencias.
6. En el Enchiridion se enumeran en primer lugar tres concesiones
generales, que en cierto modo iluminan la práctica cotidiana de la vida
cristiana.
A cada una de estas tres concesiones generales se han añadido, con
vistas a la utilidad e instrucción de los fieles, algunas anotaciones, con las
que queda de manifiesto que cada una de las concesiones concuerda con el
espíritu del Evangelio y de la renovación propuesta por el Concilio Ecuménico
Vaticano II.
7. Sigue la lista de concesiones que corresponden a cada una de las
obras de religión. Estas concesiones son pocas, ya que algunas obras están
incluidas en las concesiones generales, y, en lo que se refiere a las preces,
ha parecido que sólo había que recordar expresamente algunas de índole
universal. En cuanto a las demás preces que se emplean en diversos ritos y
lugares, puede decidir la autoridad eclesiástica competente.
8. Además, se ha añadido al Enquiridión un Apéndice que contiene
una lista de invocaciones, y se ha puesto también el texto de la Constitución
Apostólica Indulgentiarum doctrina.
***
NORMAS SOBRE LAS
INDULGENCIAS
N.1. La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal
por los pecados ya borrados en cuanto a la culpa, que el fiel cristiano,
debidamente dispuesto y cumpliendo unas ciertas y determinadas condiciones,
consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la
redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de
Cristo y de los santos.
N.2. La indulgencia es parcial o plenaria, según libre en parte o
en todo de la pena temporal debida por los pecados.
N.3. Las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden
aplicarse para sí mismos o para los difuntos como sufragio. Nadie que gane
indulgencias puede aplicarlas a otras personas que aún viven.
N.4. Al fiel cristiano que, al menos arrepentido interiormente,
realiza una obra enriquecida con indulgencia parcial, se le concede, por medio
de la Iglesia, una remisión de la pena temporal del mismo valor que la que él
mismo con su acción ya recibe.
N.5. Además de la suprema autoridad de la Iglesia, sólo pueden
otorgar indulgencias aquellos a quienes el derecho reconoce esta potestad o se
la ha concedido el Romano Pontífice.
N.6. En la Curia romana, sólo la Sagrada Penitenciaría tiene
encomendado lo que se refiere a la concesión y uso de las indulgencias,
quedando a salvo el derecho de la Congregación para la doctrina de la Fe de
examinar lo que atañe a la doctrina dogmática sobre las mismas indulgencias.
Ninguna autoridad inferior al Romano Pontífice puede otorgar a otros la
potestad de conceder indulgencias, a no ser que la Sede Apostólica se lo haya
otorgado expresamente.
N.7. Los obispos diocesanos y demás personas equiparadas a ellos
por el derecho desde el comienzo de su función pastoral, tienen el derecho de:
§ 1. Conceder indulgencia parcial a los fieles cristianos
encomendados a su cuidado.
§ 2. Impartir la bendición papal con indulgencia plenaria, según la
fórmula prescrita, en su propia diócesis, tres veces al año, al final de la
misa, celebrada con especial solemnidad litúrgica −aunque no hayan celebrado
ellos, sino que sólo hayan asistido a ella− en las solemnidades o fiestas que
ellos determinen.
N.8. Los Metropolitas pueden conceder indulgencia parcial en las
diócesis sufragáneas igual que en la propia diócesis.
N.9. Los Patriarcas pueden conceder indulgencia parcial en todos
los lugares de su patriarcado, aun exentos, en las iglesias de su rito fuera de
los términos del patriarcado, y en cualquier lugar para los fieles de su rito.
Lo mismo pueden conceder los Arzobispos mayores.
N.10. Los cardenales gozan de la facultad de conceder en cualquier
lugar indulgencia parcial, que lucrarán sólo los presentes, cada vez.
N.11. § 1. No puede editarse ningún libro, folleto, hoja, etc., que
contengan concesiones de indulgencias, sin licencia del Ordinario o del jerarca
del lugar. Manual de Indulgencias 7
§ 2. Se requiere licencia expresa de la Sede Apostólica para editar
lícitamente, en cualquier idioma, la colección auténtica de las preces y obras
piadosas a las que la Sede Apostólica ha asignado indulgencias.
N.12. Los que hayan obtenido del Sumo Pontífice concesiones de
indulgencias para todos los fieles, están obligados, bajo pena de nulidad de la
gracia obtenida, a remitir a la Sagrada Penitenciaría los ejemplares auténticos
de estas concesiones.
N.13. La indulgencia aneja a alguna fiesta se considera trasladada
al mismo día al que se traslada dicha fiesta o su solemnidad externa.
N.14. Para lucrar la indulgencia asignada a algún día, si se
requiere la visita a una iglesia u oratorio, ésta puede efectuarse desde el
mediodía de la vigilia hasta la medianoche que pone fin al día establecido.
N.15. El fiel cristiano que usa con devoción algún objeto de piedad
(crucifijo o cruz, rosario, escapulario, medalla) debidamente bendecido por
cualquier sacerdote o diácono, gana indulgencia parcial. Si el objeto de piedad
ha sido bendecido por el Sumo Pontífice o por cualquier obispo, el fiel
cristiano que lo usa con sentimiento de piedad puede ganar indulgencia plenaria
en la solemnidad de los santos apóstoles Pedro y Pablo, pero añadiendo la
profesión de fe, con cualquier fórmula legítima.
N.16. § 1. La indulgencia unida a la visita a una iglesia no cesa
aunque la iglesia sea destruida, si se reconstruye en ese mismo lugar o en
otro, conservando el mismo título.
§ 2. La indulgencia aneja al uso de un objeto de piedad cesa
solamente cuando este objeto deja de existir o se vende.
N.17. § 1. Para ser capaz de lucrar indulgencias, es necesario
estar bautizado, no excomulgado, en estado de gracia por lo menos al final de
las obras prescritas.
§ 2. Para que el sujeto capaz las lucre, debe tener intención por
lo menos general de ganarlas y cumplir las obras prescritas dentro del tiempo
establecido y en la forma debida, a tenor de la concesión.
N.18. § I. La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al
día.
§ 2. Sin embargo, el fiel cristiano podrá alcanzar indulgencia
plenaria in articulo monis, aunque el mismo día haya ganado ya otra indulgencia
plenaria.
§ 3. La indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no
ser que expresamente se establezca lo contrario.
N.19. La obra prescrita para la obtención de una indulgencia
plenaria aneja a una iglesia u oratorio consiste en la visita piadosa a este
lugar, rezando el Padrenuestro y el Credo, a no ser que en algún caso especial
se establezcan otras condiciones.
N.20. § 1. Para ganar una indulgencia plenaria, además de la
exclusión de todo afecto a cualquier pecado, incluso venial, se requiere la ejecución
de la obra enriquecida con indulgencia y el cumplimiento de tres condiciones,
que son: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las
intenciones del Sumo Pontífice.
§ 2. Con una sola confesión sacramental, pueden ganarse varias
indulgencias plenarias; en cambio, con una sola comunión eucarística y una
oración por las intenciones del Sumo Pontífice sólo se gana una indulgencia
plenaria.
§ 3 Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después
de la ejecución de la obra prescrita: pero conviene que la comunión y la
oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en que
se cumple la obra.
§ 4. Si falta la plena disposición, o si no se cumple la obra
prescrita y las tres condiciones antedichas, salvo lo prescrito en los números
27 y 28 para los “impedidos”, la indulgencia será sólo parcial.
§ 5. La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se
cumple si se reza según su intención un solo Padrenuestro y Avemaría; pero se
concede a cada fiel la facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su
piedad y devoción.
N.21. Una obra que deba cumplirse por ley o por precepto no puede
ser indulgenciada, a no ser que en la concesión se diga expresamente lo
contrario; pero el que cumple una obra impuesta como penitencia sacramental, y
que al mismo tiempo está indulgenciada, puede satisfacer la penitencia y ganar
las indulgencias al mismo tiempo.
“PENITENCIARÍA
APOSTÓLICA (CONSULTA): Se ha preguntado a esta Penitenciaría Apostólica cómo
debe interpretarse la Norma 24 del Enchiridion de las Indulgencias, que dice:
“No se puede ganar una indulgencia por una acción, a la que se está obligado a
cumplir por ley o precepto, a no ser que en la concesión de la misma no se
explicite lo contrario. Sin embargo, quien obra, cumpliendo una penitencia
sacramental, puede, al mismo tiempo, satisfacer la penitencia y ganar las
indulgencias”.
La consulta es si
puede colegirse que las oraciones y las pías acciones que los hombres y
mujeres, miembros de Institutos de Vida consagrada y de Sociedades de vida
apostólica, dicen y realizan por sus reglas, constituciones u otras
prescripciones, no son válidas para conseguir indulgencias; o si más bien debe
entenderse que dichas oraciones y obras bastan para ganar indulgencias. La
consulta principalmente toma en consideración la adoración del Santísimo
sacramento (Enchiridion de las Indulgencias, concesión n. 3); la recitación del
Rosario Mariano (Ibid., concesión n. 48) y la lectura de la Sagrada Escritura
(Ibid., concesión n. 50).
La Penitenciaría
Apostólica, tras madura reflexión, responde: negativamente a la primera parte
de la consulta y afirmativamente a la segunda. Esto es, que dichas oraciones y
pías acciones valen para la adquisición de indulgencias.
En la audiencia del
30 de junio de 1992, concedida al suscrito Cardenal Penitenciario Mayor, Su
Santidad Juan Pablo II aprobó la respuesta aquí expresada y decretó su
publicación.
Roma, Penitenciaría
Apostólica, 1 de julio de 1992. − William Card. BAUM (Penitenciario Mayor) o
Aloisius DE MAGISTRIS (Regente).
N.22. La indulgencia aneja a una oración puede ganarse cualquiera
que sea el idioma en que se rece la oración, con tal de que conste la fidelidad
de la traducción por declaración de la Sagrada Penitenciaría o de alguno de los
Ordinarios o jerarcas de los lugares donde es habitual la lengua a la que se ha
traducido la oración.
N.23. Para ganar las indulgencias, es suficiente rezar la oración
alternando con otro o siguiéndola mentalmente mientras otro la reza.
N.24. Los confesores pueden conmutar tanto la obra prescrita como
las condiciones, en favor de aquellos que, debido a un legítimo impedimento, no
pueden ponerlas en práctica.
N.25. Los Ordinarios o jerarcas de los lugares pueden además conceder
a aquellos sobre los cuales ejercen su autoridad según las normas del derecho,
si viven en lugares donde de ningún modo o, por lo menos, no sin gran
dificultad pueden acceder a la confesión o la comunión actual, a condición de
que estén interiormente arrepentidos y hagan el propósito de recibir, tan
pronto como puedan, los mencionados sacramentos.
N.26. Los sordos y los mudos pueden ganar las indulgencias anejas a
las preces públicas, si junto con los demás fieles que rezan en el mismo lugar,
elevan a Dios su mente y sus piadosos sentimientos; y, si se trata de oraciones
privadas, basta con que las recuerden mentalmente, o que las expresen con
signos, o simplemente que las recorran con la vista.
***
TRES CONCESIONES
GENERALES
PROEMIO
1. Se ofrecen en primer lugar tres concesiones de indulgencias, con
las cuales se recuerda al fiel cristiano que impregne de espíritu cristiano las
acciones de que está entretejida la vida cotidiana (9), y que en su estado de
vida tienda a la perfección de la caridad (10).
2. La primera y la segunda concesión equivalen a las múltiples
concesiones que antes se hacían por separado; la tercera concesión es
plenamente adecuada a nuestros tiempos, en los cuales −fuera de la ley, muy
mitigada por lo demás, de la abstinencia de carne y del ayuno− conviene en gran
manera inducir a los fieles a la práctica de la penitencia (11).
3. Las tres concesiones son efectivamente generales y cada una de
ellas abarca varias obras del mismo género. Sin embargo, no se enriquecen con
indulgencias todas estas obras, sino únicamente las que se realizan de un modo
y con una actitud interna especiales.
Considérese, por ejemplo, la primera concesión, que se expresa en
estos términos: “Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que, en el
cumplimiento de sus obligaciones y en el sufrimiento de las dificultades de la
vida, eleva su alma a Dios con humilde confianza, añadiendo −aunque sólo sea
mentalmente− alguna piadosa invocación”.
Con esta concesión, se enriquecen con indulgencia únicamente
aquellos actos con los que el fiel cristiano, al cumplir sus obligaciones y
soportar las dificultades de la vida, eleva su alma a Dios del modo dicho.
Estos determinados actos,
debido a la fragilidad humana, no son tan frecuentes.
Y si hay alguien tan diligente y fervoroso que multiplica estos
actos muchas veces a lo largo del día, merece −además de un copioso aumento de
gracia− una más amplia remisión de la pena, y, por su caridad, puede ayudar a
las almas del purgatorio.
Lo mismo se puede decir de las otras dos concesiones.
4. Ya que las tres concesiones, como es evidente, concuerdan de
modo especial con el Evangelio, y con la doctrina de la Iglesia, expuesta de
manera tan clara por el Concilio Vaticano II, más adelante se añaden, en
provecho de los fieles, a cada concesión, algunos textos de la Sagrada
Escritura y de las Actas del mismo Concilio.
***
CONCESIONES
I.
Se concede
indulgencia parcial al fiel cristiano que, en el cumplimiento de sus
obligaciones y en el sufrimiento de las dificultades de la vida, eleva su alma
a Dios con humilde confianza, añadiendo −aunque sólo sea mentalmente− alguna
piadosa invocación.
Con esta primera concesión los fieles cristianos son como llevados
de la mano a cumplir el mandato de Cristo: “Hay que orar siempre sin
desanimarse” (12), y al mismo tiempo se les enseña a cumplir las propias
obligaciones de manera que conserven y aumenten la unión con Cristo.
Mt 7, 7-8: Pedid y se os dará, buscad y encontraréis, llamad y se
os abrirá; porque quien pide recibe, quien busca encuentra y al que llama se le
abre.
Mt 26, 41: Velad y orad para no caer en la tentación.
Lc 21, 34-36: Tened cuidado: no se os embote la mente con los
agobios de la vida... Estad siempre despiertos, pidiendo fuerza.
Hch 2, 42: Eran constantes en escuchar la enseñanza de los
apóstoles, en la vida común, en la fracción del pan y en las oraciones.
Rm 12, 12: Que la esperanza os tenga alegres, estad firmes en la
tribulación, sed asiduos en la oración.
1 Co 10, 31: Cuando comáis o bebáis o hagáis cualquier otra cosa,
hacedlo todo para gloria de Dios.
Ef 6, 18: Orad en toda ocasión con la ayuda del Espíritu. Tened
vigilias en que oréis con constancia por todos los santos.
Col 3, 17: Todo lo que de palabra o de obra realicéis, sea todo en
nombre del Señor Jesús, dando gracias a Dios Padre por medio de él.
Col 4, 2: Sed constantes en la oración; que ella os mantenga en
vela, dando gracias a Dios.
1 Ts 5, 17-18: Sed constantes en orar. Dad gracias en toda ocasión.
Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium sobre la
Iglesia, núm. 41: Todos los fieles cristianos, en las condiciones, ocupaciones
o circunstancias de su vida, y a través de todo eso, se santificarán cada día
más si lo aceptan todo con fe de la mano del Padre celestial y colaboran con la
voluntad divina, haciendo manifiesta a todos, incluso en su dedicación a las
tareas temporales, la caridad con que Dios amó al mundo.
Concilio Vaticano II, Decreto Apostolicam actuositatem, sobre el
apostolado de los laicos, núm. 4: Esta vida de unión íntima con Cristo en la
Iglesia se nutre con los auxilios espirituales... Los seglares deben servirse
de estos auxilios de tal forma que, al cumplir como es debido las obligaciones
del mundo en las circunstancias ordinarias de la vida, no separen la unión con
Cristo de su vida personal, sino que crezcan intensamente en ella, realizando
sus tareas según la voluntad de Dios... Ni las preocupaciones familiares ni los
demás negocios temporales deben ser ajenos a esta orientación espiritual de la
vida, según el aviso del apóstol: “Todo lo que de palabra o de obra realicéis,
sea todo en nombre del Señor Jesús, dando gracias a Dios Padre por medio de él”
(13).
Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre
la Iglesia en el mundo actual, núm. 43: La separación entre la fe que profesan
y la vida cotidiana de muchos debe ser considerada como uno de los errores más
graves de nuestro tiempo... Por consiguiente, no deben oponerse falsamente
entre sí las actividades profesionales y sociales, por una parte, y la vida
religiosa por otra... Siguiendo el ejemplo de Cristo, que ejercitó un trabajo
manual, alégrense más bien los cristianos de poder ejercer todas sus
actividades terrestres, uniendo en una síntesis vital los esfuerzos humanos,
domésticos, profesionales, científicos o técnicos con los bienes religiosos,
bajo cuya altísima ordenación todo se coordina para la gloria de Dios.
II
Se concede
indulgencia parcial al fiel cristiano que, movido por el espíritu de fe, se
entrega a sí mismo o sus bienes, con sentimientos de misericordia, al servicio
de los hermanos necesitados.
Con la concesión de esta indulgencia, se incita al fiel cristiano a
que, siguiendo el ejemplo y el mandamiento de Cristo Jesús (14), practique con
más frecuencia obras de caridad o misericordia.
Sin embargo, no se enriquecen con indulgencia todas las obras de
caridad, sino tan sólo las que se hacen “al servicio de los hermanos
necesitados”, como son los que carecen de comida o vestido para el cuerpo, o de
instrucción o consuelo para el espíritu.
Mt 25, 35-36. 40: Porque tuve hambre y me disteis de comer, tuve
sed y me disteis de beber, fui forastero y me hospedasteis, estuve desnudo y me
vestisteis, enfermo y me visitasteis, en la cárcel y vinisteis a verme... Os
aseguro que cada vez que lo hicisteis con uno de éstos, mis humildes hermanos,
conmigo lo hicisteis (15).
Jn 13, 34-35: Os doy un mandamiento nuevo: que os améis unos a
otros, como yo os he amado; amaos también entre vosotros. La señal por la que
conocerán todos que sois discípulos míos será que os améis unos a otros.
Rm 12, 8. 10-11. 13: El que se encarga de la distribución, hágalo
con generosidad... el que reparte la limosna, con agrado... Como buenos
hermanos, sed cariñosos unos con otros, estimando a los demás más que a uno
mismo. En la actividad, no seáis descuidados; en el espíritu, manteneos
ardientes. Servid constantemente al Señor... Contribuid en las necesidades de
los santos; practicad la hospitalidad.
1 Co 13, 3: Podría repartir en limosnas todo lo que tengo..., si no
tengo amor, de nada me sirve.
Ga 6, 10: Así que, mientras tengamos oportunidad, hagamos el bien a
todos, pero especialmente a nuestros hermanos en la fe.
Ef 5, 2: Vivid en el amor como Cristo os amó.
1 Ts 4, 9: Dios mismo nos ha enseñado a amarnos los unos a los
otros.
Hb 13, 1: Conservad el amor fraterno.
St 1, 27: La religión pura e intachable a los ojos de Dios Padre es
ésta: visitar huérfanos y viudas en sus tribulaciones y no mancharse las manos
con este mundo.’
1 P 1, 22: Ahora que estáis purificados por vuestra obediencia a la
verdad y habéis llegado a quereros sinceramente como hermanos, amaos unos a
otros de corazón e intensamente.
1 P 3, 8-9: Procurad todos tener un mismo pensar y un mismo sentir:
con afecto fraternal, con ternura, con humildad. No devolváis mal por mal o
insulto por insulto; al contrario, responded con una bendición, porque para
esto habéis sido llamados: para heredar una bendición.
8 Cf. St 2, 15-16.
2 P 1, 5. 7: Poned todo empeño en... la piedad... el cariño
fraterno... el amor.
I Jn 3, 17-18: Si uno tiene de qué vivir y, viendo a su hermano en
necesidad, le cierra sus entrañas, ¿cómo va a estar en él el amor de Dios?
Hijos míos, no amemos de palabra y de boca, sino de verdad y con obras.
Concilio Vaticano II, Decreto Apostolicam actuositatem sobre el
apostolado de los laicos, núm. 8: Dondequiera que haya hombres carentes de
alimentos, vestido, vivienda, medicinas, trabajo, instrucción, medios necesarios
para llevar una vida verdaderamente humana, o afligidos por la desgracia o por
la falta de salud, o sufriendo el destierro o la cárcel, allí debe buscarlos y
encontrarlos la caridad cristiana, consolarlos con diligente cuidado y
ayudarles con la prestación de auxilio... Para que este ejercicio de la caridad
sea verdaderamente irreprochable y aparezca como tal, es necesario ver en el
prójimo la imagen de Dios, según la cual ha sido creado, y a Cristo Señor, a
quien en realidad se ofrece lo que se da al necesitado.
Concilio Vaticano II,
Decreto Apostolicam actuositatem sobre el apostolado de los laicos, núm. 31c:
Como las obras de caridad y de misericordia ofrecen un testimonio excelente de
la vida cristiana, la formación apostólica debe llevar también a la práctica de
tales obras, para que los fieles cristianos aprendan desde niños a compadecerse
de los hermanos y a ayudarlos generosamente cuando lo necesiten.
Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes, sobre
la Iglesia en el mundo actual, conclusión, núm. 93: Los cristianos, recordando
las palabras del Señor: “La señal por la que conocerán todos que sois
discípulos míos será que os améis unos a otros” (16), no pueden tener otro
anhelo mayor que el de servir con creciente generosidad y con suma eficacia a
los hombres de hoy... Quiere el Padre que reconozcamos y amemos efectivamente a
Cristo, nuestro hermano, en todos los hombres, con la palabra y con las obras.
III
Se concede
indulgencia parcial al fiel cristiano que, con espíritu de penitencia, se priva
voluntariamente de alguna cosa lícita y agradable.
Con esta tercera concesión se estimula al fiel cristiano a que,
refrenando sus concupiscencias, aprenda a dominar su propio cuerpo y a
identificarse con Cristo pobre y sufriente (17).
Pero la privación tendrá más valor si va unida a la caridad, según
las palabras de san León Magno: “Consagremos a la virtud lo que negamos al
placer. Conviértase en alimento de los pobres la abstinencia del que ayuna” (18).
Lc 9, 23: El que quiera seguirme, que se niegue a sí mismo, cargue
con su cruz cada día y se venga conmigo.”
Lc 13, 5: Si no os convertís, todos pereceréis de la misma manera (19).
Rm 8, 13: Si con el Espíritu dais muerte a las obras del cuerpo,
viviréis.
Rrn 8, 17: Sufrimos con él para ser también con él glorificados.
1 Co 9, 25-27: Un atleta se impone toda clase de privaciones.
Ellos, para ganar una corona que se marchita; nosotros, en cambio, una que no
se marchita. Por eso corro yo, pero no al azar. boxeo, pero no contra el aire;
mis golpes van a mi cuerpo y lo tengo a mi servicio...
2 Co 4, 10: En toda ocasión y por todas partes, llevamos en el
cuerpo la muerte de Jesús, para que también la vida de Jesús se manifieste en
nuestro cuerpo.
2 Tm 2, 11-12: Es doctrina segura: si morimos con él, viviremos con
él. Si perseveramos, reinaremos con él.
Tt 2, 12: Enseñándonos a renunciar... a los deseos mundanos y a
llevar ya desde ahora una vida sobria, honrada y religiosa.
I Io 4, 13: Estad alegres cuando compartís los padecimientos de
Cristo, para que, cuando se manifieste en su gloria, reboséis de gozo.
Concilio Vaticano II, Decreto Optatam totius, sobre la formación
sacerdotal, núm. 9: Con singular cuidado, edúqueseles en la obediencia
sacerdotal, en el tenor de vida pobre y en el espíritu de la propia abnegación,
de suerte que se habitúen a renunciar con prontitud incluso a las cosas
lícitas...Y a asemejarse a Cristo crucificado.
Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium sobre la
Iglesia, núm. 10: Los fieles, en virtud de su sacerdocio regio, cooperan a la oblación
de la Eucaristía y lo ejercen en la recepción de los Sacramentos, en la oración
y acción de gracias, mediante el testimonio de una vida santa en la abnegación
y caridad operante.
Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium sobre la
Iglesia, núm. 41: Una misma es la santidad que cultivan en los múltiples
géneros de vida y ocupaciones, todos los que son guiados por el Espíritu de
Dios y, obedientes a la voz del Padre, y adorando a Dios Padre en espíritu y
verdad, siguen a Cristo pobre, humilde y cargado con la cruz, a fin de merecer
ser hechos partícipes de su gloria.
Constitución apostólica Paenitemini, III, c: La Iglesia exhorta a
todos los fieles a que, además de las molestias y sacrificios que forman parte
de la vida cotidiana, hagan caso del precepto divino de la penitencia,
afligiendo también al cuerpo con algunos actos de mortificación... La Iglesia
desea indicar que hay tres formas principales, recibidas de la tradición, con
que puede satisfacerse el precepto divino de la penitencia, a saber, la
oración, el ayuno y las obras de caridad, aunque se fije de manera especial en
la abstinencia de carne y el ayuno. Estas maneras de practicar la penitencia
han sido corrientes en todo tiempo, pero en nuestra época se aducen unos
motivos por los cuales, según las circunstancias de cada lugar, se insiste en
cierto modo de penitencia por encima de los demás. Y así, entre la gente que
goza de una superior situación económica, se ha de urgir el testimonio de
abnegación de manera que los fieles cristianos no se identifiquen con los
criterios de este mundo, y se ha de urgir al mismo tiempo el testimonio de la
caridad hacia los hermanos, incluso los que viven en países lejanos, que sufren
pobreza y hambre.” (AAS, 58 (1966) pp.182-183.
***
OTRAS CONCESIONES
PROEMIO
1. A las tres concesiones generales de que se ha hablado antes en
los números I-IV se añaden otras pocas concesiones que, teniendo en cuenta
tanto las tradiciones del tiempo pasado como las necesidades de nuestra época,
tienen un significado especial.
Todas estas concesiones se complementan mutuamente y, al mismo
tiempo que con el don de la indulgencia se estimula a los fieles cristianos a
realizar obras de piedad, de caridad y de penitencia, se les induce también a
unirse más íntimamente por la caridad a Cristo cabeza y al cuerpo de la
Iglesia.’
2. Se citan algunas preces venerables por su inspiración nao por su
antigüedad y que son de uso generalizado, por ejemplo el Credo (núm.16), Desde
lo hondo (núm. 19), Proclama mi alma (núm. 30), Bajo tu protección (núm. 57),
Dios te salve, Reina y Madre (núm. 51) Señor, que tu gracia (núm. 1), Te damos
gracias (núm. 7).
3. Estas preces, si se consideran las cosas más a fondo, ya están
incluidas en la concesión general núm. 1, cuando el fiel cristiano las reza en
el trascurso de su vida ordinaria, elevando su alma a Dios con humilde
confianza. Así, por ejemplo, están incluidas en esta primera concesión las
oraciones “Señor, que tu gracia” y “Te damos gracias”, que se rezan “en el
cumplimiento de las obligaciones”.
No obstante, ha parecido conveniente citarlas expresamente en su
calidad de indulgencias, con el fin de evitar cualquier duda y destacar su
importancia.
4. Cada una de las obras que luego se citan están indulgenciadas.
Algunas veces se declara expresamente la concesión de Indulgencia parcial.
5. Si alguna obra, en determinadas circunstancias, goza de
indulgencia plenaria, se hace notar cada vez, y de manera explícita, la
concesión de la indulgencia plenaria, y las circunstancias especiales que
califican la obra; las demás condiciones requeridas para la obtención de la
indulgencia plenaria se sobreentienden, por razón de brevedad.
En efecto, para ganar indulgencia plenaria, como se establece en la
Norma 23, se requiere la ejecución de la obra, el cumplimiento de las tres
condiciones y una plena disposición interior que excluya todo afecto
pecaminoso.
6. Si la obra enriquecida con indulgencia plenaria es susceptible de
ser dividida en partes (por ejemplo, el Rosario mariano en decenas), el que por
una causa razonable no realiza la obra completa puede ganar, por la parte que
ha realizado, indulgencia parcial.
7. Son dignas de especial mención las concesiones que se refieren a
algunas obras que, enriquecidas de indulgencia plenaria, el fiel cristiano
puede ganar todos los días del año, quedando en pie la Norma 21 § 1, según la
cual sólo puede ganarse una indulgencia al día:
− la adoración del Santísimo Sacramento durante al menos media hora
(núm. 3).
− la lectura piadosa de la sagrada Escritura durante al menos media
hora (núm. 50); − el piadoso ejercicio del vía crucis (núm. 63).
− el rezo del rosario
mariano en una iglesia u oratorio, o en familia, en una comunidad religiosa, en
una asociación piadosa (núm. 48).
8. Enumeración de
las Concesiones por orden alfabético
Para establecer dicho orden: si se trata de Oraciones, se atiende a
las primeras palabras de la oración en latín (por ejemplo, Actiones nostras −
Que tu gracia, Señor; Angelus Domini − El ángel del Señor); si se trata de
otras obras, se atiende a las primeras palabras con que se indica la obra en el
titulo (por ejemplo, Vía crucis-Renovación de las promesas del bautismo).
CONCESIONES
1
Que tu gracia, Señor
Que tu gracia, Señor, inspire, sostenga y acompañe nuestras obras,
para que nuestro trabajo comience en ti, como en su fuente, y tienda siempre a
ti, como a su fin. Amén.
(Misal Romano: jueves después de Ceniza, oración colecta; Liturgia
de las Horas: 1 semana, lunes, en Laudes). Indulgencia parcial
2
Actos de las
virtudes teologales y de contrición
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente los actos de las virtudes teologales y el de contrición, que va
unido a ellas, usando para ello cualquier fórmula legítima. Cada uno de estos
actos está enriquecido con indulgencias.
3
Adoración del
Santísimo Sacramento
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que visite el
Santísimo Sacramento para adorarlo; si lo hace por espacio de media hora por lo
menos, la indulgencia será plenaria.
4
Te adoro devotamente
(Adoro te devote)
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente la oración rimada Te adoro devotamente.
5
Aquí estamos
Aquí estamos, Señor, Espíritu Santo, aquí estamos, agobiados por el
peso de nuestros pecados, pero particularmente congregados en tu nombre.
Ven a nosotros, quédate con
nosotros y dígnate penetrar en nuestros corazones.
Enséñanos lo que tenemos que hacer, hacia dónde hemos de tender y
muéstranos cuál ha de ser nuestro objetivo, para que, con tu ayuda, podamos
complacerte en todo.
Sé tú el único inspirador y autor de nuestras decisiones, tú que
eres el único que, con Dios Padre y su Hijo, posees un nombre glorioso.
No permitas que obremos contra justicia, tú que amas al máximo la
equidad. Que la ignorancia no nos extravíe, que el favoritismo no nos doblegue,
que no nos dejemos sobornar por favores, dádivas o influencias.
Que el don de tu gracia nos una eficazmente a ti, de manera que
estemos identificados contigo y en nada nos desviemos de la verdad; para que
así reunidos en tu nombre, en todos los asuntos moderemos la justicia con la
piedad; de este modo lograremos en esta vida una plena sintonía contigo, y en
la otra alcanzaremos por nuestra buena conducta el premio eterno. Amén.
Esta oración, que se acostumbra rezar antes de una reunión para
tratar en común algún asunto, está enriquecida con indulgencia parcial.
6
A ti, bienaventurado
san José
A ti, bienaventurado san José, acudimos en nuestra tribulación, y
después de implorar el auxilio de tu santísima esposa, solicitamos también
confiadamente tu patrocinio. Por aquella caridad con que la Inmaculada Virgen
María, Madre de Dios, te tuvo unido y por el paterno amor con que abrazaste al
niño Jesús, humildemente te suplicamos que vuelvas benigno los ojos a la
herencia que con su sangre adquirió Jesucristo, y con su poder y auxilio
socorras nuestras necesidades. Protege, oh providentísimo custodio de la divina
familia, a la escogida descendencia de Jesucristo; aparta de nosotros toda
mancha de error o de corrupción; asístenos propicio desde el cielo, fortísimo
libertador nuestro, en esta lucha con el poder de las tinieblas; así ahora
defiende a la Iglesia santa de Dios de las asechanzas de sus enemigos y de toda
adversidad, y a cada uno de nosotros protégenos con perpetuo patrocinio, para
que, a ejemplo tuyo y sostenidos por tu auxilio, podamos santamente vivir,
piadosamente morir y alcanzar en los cielos la eterna bienaventuranza. Amén.
Indulgencia parcial
7
Te damos gracias,
Señor
Te damos gracias por todos tus beneficios, oh Dios omnipotente, tú
que vives y reinas por los siglos de los siglos. Amén. Indulgencia parcial
8
Ángel de Dios
Ángel de Dios, tú que eres mi custodio, a mí, que he sido
encomendado a ti por la piedad celestial, ilumíname, guárdame, dirígeme y
guíame. Amén. Indulgencia parcial
9
El ángel del Señor
(Ángelus) y Reina del cielo
a) En el tiempo ordinario
V. El ángel del Señor anunció a María.
R. Y concibió del Espíritu Santo. (Dios te salve, María).
V. He aquí la esclava del Señor.
R. Hágase en mí según tu palabra. (Dios te salve, María).
V. Y el Verbo se hizo carne.
R. Y habitó entre nosotros (Dios te salve, María).
V. Ruega por nosotros, santa Madre de Dios.
R. Para que seamos dignos de alcanzar las promesas de Jesucristo.
Oremos: Derrama, Señor, tu gracia sobre nosotros, que, por el
anuncio del ángel, hemos conocido la encarnación de tu Hijo, para que lleguemos
por su pasión y su cruz a la gloria de la resurrección. Por Jesucristo, nuestro
Señor. Amén.
(Misal Romano: Domingo IV de Adviento, oración colecta).
b) En el tiempo pascual
Reina del cielo, alégrate, aleluya,
porque el Señor, a quien has merecido llevar, aleluya,
ha resucitado, según su palabra, aleluya.
Ruega al Señor por nosotros, aleluya.
V. Goza y alégrate, Virgen María. Aleluya.
R. Porque resucitó verdaderamente el Señor. Aleluya.
(cf. Liturgia de las Horas. Tiempo pascual. Completas).
Oremos: Oh Dios, que por la resurrección de tu Hijo, nuestro Señor
Jesucristo, has llenado el mundo de alegría, concédenos, por intercesión de su
Madre, la Virgen María, llegar a alcanzar los gozos eternos. Por Jesucristo
nuestro Señor. Amén.
(Misal Romano: Común de santa María Virgen, tiempo pascual, oración
colecta).
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente las preces anteriores, de acuerdo con el tiempo litúrgico que
corresponda.
Según una laudable costumbre, estas preces se acostumbran a rezar
al amanecen al mediodía y al atardecer
10
Alma de Cristo
Alma de Cristo, santifícame.
Cuerpo de Cristo, sálvame.
Sangre de Cristo, embriágame.
Agua del costado de Cristo, purifícame.
Pasión de Cristo, confórtame.
Oh Buen Jesús, óyeme.
Dentro de tus llagas, escóndeme.
No permitas que me aparte de ti.
Del maligno enemigo, defiéndeme.
En la hora de mi muerte, llámame
y mándame ir a ti,
para que con tus santos te alabe
por los siglos de los siglos. Amén. Indulgencia parcial
11
Visita a las
Basílicas Patriarcales de Roma
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite
piadosamente una de las cuatro basílicas de Roma, rezando en ellas el
Padrenuestro y el Credo:
1) en el día de la fiesta titular;
2) en cualquier día de fiesta de precepto;’
3) una vez al año, en otro día que elija el mismo fiel cristiano.
12
Bendición papal
Al fiel cristiano que reciba piadosa y devotamente, aunque sea sólo
a través de la radio o la televisión, la bendición impartida por el Sumo Pontífice
Urbi et Orbi o por el Obispo a los fieles encomendados a su cura pastoral, se
le concede indulgencia plenaria.
13
Visita al cementerio
Al fiel cristiano que visite piadosamente un cementerio y que en su
mente ore por los difuntos, se le concede indulgencia, aplicable sólo a las
almas del Purgatorio; desde el día 1 hasta el 8 de noviembre todos los días
plenaria; los demás días del año será parcial.
14
Visita al cementerio
de los antiguos cristianos o “catacumbas”
Al fiel cristiano que visite devotamente el cementerio de los
antiguos cristianos o “catacumbas”, se le concede indulgencia parcial.
2 Cf. can. 1246, § 1, CC.
15
Comunión espiritual
El acto de Comunión espiritual, realizada con cualquier fórmula,
está enriquecido con indulgencia parcial.
16
Creo en Dios
Creo en Dios, Padre todopoderoso, Creador del cielo y de la tierra.
Creo en Jesucristo, su único Hijo, nuestro Señor, que fue concebido por obra y
gracia del Espíritu Santo, nació de santa María Virgen, padeció bajo el poder
de Poncio Pilato, fue crucificado, muerto y sepultado, descendió a los
infiernos, al tercer día resucitó de entre los muertos, subió a los cielos y
está sentado a la derecha de Dios, Padre todopoderoso. Desde allí ha de venir a
juzgar a vivos y muertos. Creo en el Espíritu Santo, la santa Iglesia católica,
la comunión de los santos, el perdón de los pecados, la resurrección de la
carne y la vida eterna. Amén.
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente el anterior símbolo de los
apóstoles o el símbolo niceno-constantinopolitano.
17
Adoración de la cruz
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que el Viernes
santo de la Pasión y Muerte del Señor asista piadosamente a la adoración de la
cruz en la solemne acción litúrgica.
18
Oficio de difuntos
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente Laudes y Vísperas del Oficio de difuntos.
19
Desde lo hondo (De
profundis)
Al fiel cristiano que rece devotamente el salmo Desde lo hondo (Sal
129 (130)) se le concede indulgencia parcial.
20
Doctrina cristiana
Al fiel cristiano que trabaje en enseñar o aprender la doctrina
cristiana se le concede indulgencia parcial.
N.B.: El que, movido por el espíritu de fe y de caridad, enseña la
doctrina cristiana puede ganar indulgencia parcial, según la concesión general
núm. II (véase antes p. 35).
Por esta nueva concesión la indulgencia parcial queda confirmada en
favor del que enseña la doctrina cristiana y se extiende también al que la
aprende.
21
Señor, Dios
todopoderoso
Señor, Dios todopoderoso, que nos has hecho llegar al comienzo de
este día, sálvanos hoy con tu poder, para que no caigamos en ningún pecado,
sino que nuestras palabras, pensamientos y acciones sigan el camino de tus
mandamientos. Por Jesucristo, nuestro Señor. Amén. Indulgencia parcial
22
Mírame, oh bueno y
dulcísimo Jesús
Mírame, oh bueno y dulcísimo Jesús: en tu presencia me postro de
rodillas, y con el mayor fervor de mi alma te pido y suplico que imprimas en mi
corazón vivos sentimientos de fe, esperanza y caridad, verdadero dolor de mis
pecados y propósito firmísimo de enmendarme; mientras con gran afecto y dolor
considero y contemplo en mi alma tus cinco llagas, teniendo ante mis ojos
aquello que ya el profeta David ponía en tus labios acerca de ti: “Me taladran
las manos y los pies, puedo contar todos mis huesos” (Sal 21 (22), 17-18).
Al fiel cristiano que rece piadosamente esta oración ante la imagen
de Jesucristo crucificado, después de la comunión, se le concede indulgencia
plenaria en cualquier viernes del tiempo de Cuaresma; en los demás días del
año, indulgencia parcial.
23
Reunión eucarística
Se concede indulgencia plenaria a los fieles que participen
devotamente en el solemne rito eucarístico, con el que suele concluirse una
reunión.
24
Señor, Padre santo
Señor, Padre santo, Dios todopoderoso y eterno, escucha nuestra
oración, y dígnate enviar del cielo a tu santo ángel, para que custodie, anime,
proteja, visite y defienda a todos los que moran en esta casa Por Jesucristo,
nuestro Señor. Amén. Indulgencia parcial
25
Ejercicios
espirituales
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que practique
ejercicios espirituales al menos durante tres días íntegros.
26
Jesús dulcísimo
(Acto de reparación)
Jesús dulcísimo, cuya caridad derramada sobre los hombres es
correspondida ingratamente con tanto olvido, negligencia, desprecio; nosotros,
arrodillados en tu presencia, queremos resarcir con especial reverencia tan
abominable desidia e injurias con que los hombres afligen en todas partes tu
amantísimo Corazón.
Sin embargo, recordando que también nosotros más de una vez hemos
sido culpables de tan gran indignidad, e intensamente arrepentidos por ello,
imploramos en primer lugar tu misericordia a favor nuestro, dispuestos a
compensar con voluntaria expiación no sólo las infamias cometidas por nosotros,
sino también las de aquellos que, apartándose totalmente del camino de la
salvación, rehúsan seguirte como pastor y guía, obstinados en su infidelidad o,
conculcando las promesas del bautismo, han sacudido el suavísimo yugo de tu
ley.
Queremos expiar todos estos deplorables delitos y resarcir cada uno
de ellos: la inmodestia y deshonestidad en la conducta y en el vestir, tantos
lazos de corrupción preparados para las almas inocentes, los días de fiesta
profanados, las maldiciones proferidas contra ti y tus santos, las injurias
contra tu vicario y el orden sacerdotal, y el mismo sacramento del amor divino
olvidado o profanado con horrendos sacrilegios, y finalmente los delitos de las
naciones que se oponen a las leyes y al magisterio de la Iglesia que tú
fundaste.
¡Ojalá pudiéramos lavar estos pecados con nuestra propia sangre!
Entretanto, para resarcir el honor divino profanado, te ofrecemos la
satisfacción que tú en otro tiempo ofreciste al Padre en la cruz y que renuevas
continuamente en el altar, junto con la expiación de la Virgen María, de todos
los santos y de todos los fieles piadosos, prometiendo de corazón compensar, en
cuanto nos sea posible, y con la ayuda de tu gracia, los pecados pretéritos,
nuestros y de los demás, y tanta falta de amor, con una fe firme, con una
conducta inmaculada, con una observancia perfecta de la ley evangélica, sobre
todo de la caridad, impedir con todas las fuerzas las injurias contra ti, e
incitar a cuantos podamos a tu seguimiento. Acepta, benignísimo Jesús, por
intercesión de la Virgen María Reparadora, la ofrenda voluntaria de esta
expiación y haz que nos mantengamos con toda fidelidad en tu obediencia y
servicio hasta la muerte, otorgándonos el gran don de la perseverancia, para
que todos lleguemos finalmente a aquella patria donde tú, con el Padre y el
Espíritu Santo, vives y reinas por los siglos de los siglos. Amén.
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente el precedente acto de reparación. La indulgencia será plenaria si
este acto se reza públicamente en la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.
27
Jesús dulcísimo,
Redentor
Acto de consagración del género humano a Jesucristo Rey
Jesús dulcísimo, Redentor del género humano, míranos arrodillados
humildemente en tu presencia. Tuyos somos y tuyos queremos ser; y para estar
más firmemente unidos a ti, hoy cada uno de nosotros se consagra
voluntariamente a tu Sagrado Corazón. Muchos nunca te han conocido; muchos te
han rechazado, despreciado tus mandamientos. Compadécete de unos y de otros,
benignísimo Jesús, y atráelos a todos a tu Sagrado Corazón. Reina, Señor, no
sólo sobre los que nunca se han separado de ti, sino también sobre los hijos pródigos
que te han abandonado; haz que vuelvan pronto a la casa paterna, para que no
mueran de miseria y de hambre Reina sobre aquellos que están extraviados por el
error o separados por la discordia, y haz que vuelvan al puerto de la verdad y
a la unidad de la fe, para que pronto no haya más que un solo rebaño y un solo
pastor. Concede, Señor, a tu Iglesia una plena libertad y seguridad; concede a
todo el mundo la tranquilidad del orden; haz que desde un extremo al otro de la
tierra no se oiga más que una sola voz: Alabado sea el Divino Corazón, por
quien nos ha venido la salvación; a él la gloria y el honor por los siglos.
Amén.
Al fiel cristiano que rece piadosamente el precedente acto de
consagración del género humano a Jesucristo Rey se le concede indulgencia
parcial. La indulgencia será plenaria si este acto se reza públicamente en la
solemnidad de nuestro Señor Jesucristo Rey.
28
En peligro de muerte
inminente
El sacerdote que administra los sacramentos a un fiel cristiano que
se halla en peligro de muerte inminente no deje de impartir la bendición
apostólica con la adjunta indulgencia plenaria. Si no es posible la presencia
de un sacerdote, la piadosa Madre Iglesia concede benignamente indulgencia
plenaria, para ganarla en peligro de muerte, al fiel cristiano debidamente
dispuesto, con tal que éste, durante su vida, haya rezado habitualmente algunas
oraciones. Para ganar esta indulgencia plenaria es aconsejable utilizar un
crucifijo o una cruz.
La condición con tal que éste haya rezado habitualmente algunas
oraciones suple en este caso a las tres condiciones habituales requeridas para
ganar indulgencia plenaria.
El fiel cristiano podrá ganar esta indulgencia plenaria en peligro
de muerte inminente aunque en el mismo día ya haya ganado otra indulgencia
plenaria
Esta concesión está tomada de la Constitución apostólica
Indulgentiarum doctrina, Norma 18.
29
Letanías
Quedan enriquecidas con indulgencia parcial todas las letanías
aprobadas por la autoridad competente, entre las cuales destacan las siguientes:
del Santísimo Nombre de Jesús, del Sagrado Corazón de Jesús, de la Preciosísima
Sangre de nuestro Señor Jesucristo, de santa María Virgen, de san José, de los
santos.
30
Proclama mi alma
(Magnificat)
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece
piadosamente el cántico Proclama mi alma.
31
María, madre de
gracia
María, madre de gracia,
madre de misericordia,
defiéndenos del enemigo
y acógenos en la hora de la muerte.
Indulgencia parcial
32
Acuérdate, o
piadosísima Virgen María
Acuérdate, oh piadosísima Virgen María, que jamás se ha oído decir
que uno solo de cuantos han acudido a tu protección e implorado tu socorro haya
sido desamparado por ti. Yo, pecador, animado con esta confianza, acudo a ti,
oh Madre, Virgen de las vírgenes; a ti vengo, ante ti me presento gimiendo. No
desprecies, Madre del Verbo, mis súplicas, antes bien inclina a ellas tus oídos
y dígnate atenderlas favorablemente. Amén. Indulgencia parcial
33
Misericordia, Dios
mío (Miserere)
Al fiel cristiano que, con espíritu de penitencia, rece el salmo
Misericordia, Dios mío, (Sal 50 (51)) se le concede indulgencia parcial.
34
Novenas
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que asista
devotamente al piadoso ejercicio de la novena anterior a la solemnidad de
Navidad, de Pentecostés o de la Inmaculada Concepción de santa María Virgen.
35
Uso de objetos
piadosos
El fiel cristiano que con piadosa actitud interna use algún objeto
piadoso (crucifijo o cruz, rosario, escapulario, medalla), debidamente
bendecido por cualquier sacerdote o diácono’ gana Indulgencia parcial.
Si el objeto piadoso ha sido bendecido por el Sumo Pontífice o por
cualquier Obispo, el fiel cristiano que use este objeto con sentimientos de
piedad puede también ganar indulgencia plenaria en la solemnidad de los santos
apóstoles Pedro y Pablo, pero añadiendo la profesión de fe, con cualquier
fórmula legítima.
La mencionada concesión está tomada de la Constitución apostólica
Indulgentiarum doctrina, Norma 16; cf. también como arriba, Norma 18.
1 Para bendecir rectamente los objetos de piedad, el sacerdote o el
diácono (según la disciplina del Ritual romano, Bendicional) observen las
fórmulas prescritas. En este punto es útil notar que es suficiente trazar la
señal de la cruz, a la que es necesario se añadan las palabras: “En el nombre
del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo” (cf. Ritual romano Bendicional,
núms. 1350 y 1367).
36
Oficios parvos
Quedan enriquecidos con indulgencia parcial todos los Oficios
parvos: de la Pasión de nuestro Señor Jesucristo, del Sagrado Corazón de Jesús,
de santa María Virgen, de la Inmaculada Concepción, de san José.
37
Oración para pedir
vocaciones sacerdotales o religiosas
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que rece alguna oración
aprobada para este fin por la autoridad eclesiástica.
38
Oración mental
Al fiel cristiano que haga piadosamente oración mental se le
concede indulgencia parcial.
39
Oración por nuestro
Pontífice
V/. Oremos por nuestro Pontífice, el Papa N.
R/. El Señor lo guarde y lo conserve con vida, para que sea dichoso
en la tierra, y no lo entregue a la saña de sus enemigos. Indulgencia parcial
40
Oh sagrado banquete
¡Oh sagrado banquete, en que Cristo es nuestra comida, se celebra
el memorial de su pasión, el alma se llena de gracia y se nos da la prenda de
la gloria futura!
(Ritual de la sagrada Comunión, núm. 169). Indulgencia parcial
41
Participación en la
predicación sagrada
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que asista atenta
y devotamente a la predicación sagrada de la Palabra de Dios.
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que durante la
santa Misión escuche algunos sermones y además asista a la solemne conclusión
de la Misión.
42
Primera Comunión
Tanto a los fieles cristianos que por primera vez se acercan a la
sagrada comunión como a los que piadosamente los acompañan se les concede
indulgencia plenaria.
43
Primera misa de los
neo-sacerdotes
Se concede indulgencia plenaria al sacerdote que en un día determinado
celebra la primera misa en presencia del pueblo, y a los fieles que asistan
devotamente a esta misa.
44
Oración por la
unidad de los cristianos
Dios omnipotente y misericordioso, que por medio de tu Hijo has
querido unir en un solo pueblo a gente tan diversa, haz, te pedimos, que
cuantos nos gloriamos de llamarnos cristianos, rechazando toda división, seamos
una sola cosa en la verdad y en la caridad, y que todos los hombres, iluminados
por la fe verdadera, formemos una misma Iglesia, animada por la comunión
fraterna. Por Jesucristo nuestro Señor. Amén. Indulgencia parcial
45
Retiro mensual
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que participe en
un retiro mensual.
46
Señor, dales el
descanso (Requiem aeternam)
Señor, dales el descanso eterno, y brille sobre ellos la Y luz
eterna. Descansen en paz. Amén. (cf. Ritual de exequias). Indulgencia parcial,
aplicable solamente a las almas del purgatorio.
47
Señor, a todos los
que por amor
Señor, a todos los que por amor a ti se han hecho nuestros
bienhechores, dígnate recompensarlos con la vida eterna. Amén. Indulgencia
parcial
48
Rosario mariano
Indulgencia plenaria si el rezo del rosario se hace en una iglesia
u oratorio, o en familia, en una comunidad religiosa, en una asociación
piadosa; parcial, fuera de estas circunstancias.
(El rosario es una determinada manera de orar en la que
distinguimos quince decenas de Avemarías, intercalando la oración del Señor, y
meditando piadosamente en cada una de estas decenas los misterios de nuestra
redención).
Sin embargo, se introdujo la costumbre de llamar también “rosario”
a una tercera parte del mismo.
Respecto a la indulgencia plenaria se establece lo siguiente:
1. Basta el rezo de sólo una tercera parte del rosario: pero las
cinco decenas deben rezarse seguidas.
2. A la oración vocal hay que añadir la piadosa meditación de los
misterios.
3. En el rezo público, los misterios deben enriquecerse de acuerdo
con la costumbre admitida en cada lugar; en el rezo privado, basta con que el
fiel cristiano junte a la oración vocal la meditación de los misterios.
4. Entre los Orientales, donde no existe la práctica de esta
devoción, los patriarcas pueden establecer otras oraciones en honor de santa
María Virgen (por ejemplo, entre los bizantinos el himno “Akathistos”, o el
oficio “Paraclisis”), que gozarán de las mismas indulgencias que el rosario.*
* DECRETO:
Se concede indulgencia plenaria a los fieles que reciten
devotamente el himno “Akáthistos” en una iglesia u oratorio, en familia, en una
comunidad religiosa o en una asociación piadosa.
La Santísima Virgen Marta, Madre de Cristo y de la Iglesia, “ha
penetrado íntimamente en la historia de la salvación, y en cierta manera recoge
y refleja los grandes contenidos de la fe. Cuando se predica sobre ella y se le
rinde culto”, por lo tanto, “atrae a los creyentes hacia su Hijo, hacia su
sacrificio y hacia el amor del Padre”. (Concilio Ecuménico Vaticano II,
Constitución dogmática Lumen gala” n. 65).
En todo tiempo y lugar, la Iglesia siempre ha experimentado esta
maravillosa virtud de la Madre de Dios, mediante la cual se ilumina y robustece
la fe y se enciende la devoción. Y siempre lo ha expresado mediante fórmulas de
plegaria y ritos de culto, teniendo en cuenta la diversidad y la riqueza de los
pueblos, lenguas y sensibilidades.
Así, entre tantos documentos de la sabiduría cristiana que son
maravillosas obras de arte por el esplendor de su belleza, ocupa un puesto
eminente el himno “Akáthistos” de la liturgia bizantina. En él se unen prodigiosamente
a la perfección literaria el fervor del espíritu y la penetración de la
contemplación mística.
En virtud de la catolicidad de la Iglesia, “cada parte aporta sus
dones a las demás y a toda la Iglesia, de manera que el conjunto y cada una de
las partes se enriquecen” (Ibid., n. 13) en cuanto bienes espirituales de la
generosidad divina De ahí resulta que el elogiado himno “Akáthistos” haya sido
difundido también entre los fieles de rito latino, especialmente en estos
últimos años; y que haya sido utilizado tanto en privado como públicamente con
no poco provecho de la piedad.
Resulta conveniente afianzar y difundir esta laudable costumbre,
que con su ejemplo promovió el Sumo Pontífice luan Pablo II, al usar dicha
forma de devoción públicamente, en la solemnidad de la Anunciación del Señor
del Año Mariano de 1988.
Dicha devoción aumenta el afecto filial de los fieles hacia la
Santísima “Theotocos” y estrecha los vínculos de comunión católica entre los
hermanos de diversos ritos, aunque pertenecientes a la misma y única Iglesia.
Además ayuda a afinar la facultad de percepción de la belleza espiritual,
camino manifiesto hacia Dios, la Belleza Suma
Por eso la Penitenciaría Apostólica decreta la Indulgencia plenaria
por la recitación devota de dicho himno, en los mismos términos que se aplican
a la recitación del Rosario Mariano, de modo que se conceda al fiel de
cualquier rito que, bajo las debidas condiciones −confesión sacramental,
comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice−, recite
el himno “Akáthistos” en una iglesia u oratorio, en familia, en una comunidad
religiosa o en una asociación piadosa. Y será parcial en otras circunstancias
(Cf Manual de Indulgencias, concesión n. 48).
Su Santidad luan Pablo II, en audiencia reciente al suscrito
Cardenal Penitenciario Mayor, del día 25 de mayo, en virtud de su Suprema
Autoridad, aprobó la resolución de esta Penitenciaría Apostólica y decretó su
público conocimiento.
Roma, Penitenciaría Apostólica, 31 de mayo de 1991, fiesta de la
Visitación de María Santísima. − WILLIAM Card. BAUM (Penitenciario Mayor) o
LUIGI DE Magistris (Regente).
49
Celebraciones
jubilares de la ordenación sacerdotal
Se concede indulgencia plenaria al sacerdote que en el 25°, 50° y
60° aniversario de su ordenación sacerdotal renueva ante Dios el propósito de
cumplir fielmente los deberes de su vocación.
Los fieles cristianos que acompañen al sacerdote en la celebración
de la misa jubilar pueden ganar ellos también indulgencia plenaria.
50
Lectura de la
sagrada Escritura
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que lea la sagrada
Escritura con la veneración debida a la palabra divina y a manera de lectura
espiritual. La indulgencia será plenaria si lo hace por espacio de media hora
por lo menos.
51
Dios te salve, Reina
y Madre
Dios te salve, Reina y Madre de misericordia, vida, dulzura y
esperanza nuestra; Dios te salve. A ti llamamos los desterrados hijos de Eva; a
ti suspiramos, gimiendo y llorando, en este valle de lágrimas Ea, pues, Señora,
abogada nuestra, vuelve a nosotros esos tus ojos misericordiosos, y después de
este destierro, muéstranos a Jesús, fimo bendito de tu vientre. ¡Oh
clementísima, oh piadosa, oh dulce Virgen María!
(Liturgia de las Horas. Tiempo Ordinario. Completas). Indulgencia
parcial
52
Santa María, socorre
a los desgraciados
Santa María, socorre a los desgraciados, ayuda a los apocados,
consuela a los afligidos, ruega por el pueblo, preocúpate por el clero,
intercede por las mujeres; que experimenten tu ayuda cuantos te recuerdan con
piedad. Indulgencia parcial
53
Santos apóstoles,
Pedro y Pablo
Santos apóstoles Pedro y Pablo, interceded por nosotros.
Protege Señor, a tu pueblo y, ya que confía en la protección de tus
apóstoles Pedro y Pablo, guárdalo y protégelo siempre. Por Jesucristo nuestro
Señor. Amén. Indulgencia parcial
54
Culto de los santos
Al fiel cristiano que en el día de la celebración litúrgica de
cualquier santo rece en su honor una oración tomada del Misal Romano, u otra
aprobada por la legítima autoridad, se le concede indulgencia parcial.
55
Señal de la cruz
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que haga la señal
de la cruz diciendo las palabras de costumbre: En el nombre del Padre y del
Hijo y del Espíritu Santo. Amén.
56
Visita a las
iglesias estacionales
Al fiel cristiano que visite devotamente una iglesia estacional en
su día propio, se le concede indulgencia parcial; si además asiste a las
sagradas funciones que se realizan por la mañana o por la tarde, la indulgencia
será plenaria (cf. Ceremonial de los Obispos, núms. 260-261).
57
Bajo tu protección
Bajo tu protección nos acogemos, santa Madre de Dios; no deseches
las súplicas que te dirigimos en nuestras necesidades; antes bien, líbranos
siempre de todo peligro, oh Virgen gloriosa y bendita.
(Liturgia de las Horas. Tiempo Ordinario, Completas). Indulgencia
parcial
58
Sínodo diocesano
Se concede una sola vez indulgencia plenaria al fiel cristiano que,
mientras dura el Sínodo diocesano, −visite piadosamente la iglesia en que se
celebra el Sínodo y rece allí el Padrenuestro y el Credo.
59
Adorad postrados
(Tantum ergo)
Adorad postrados
este Sacramento.
Cesa el viejo rito;
se establece el nuevo.
Dudan los sentidos
y el entendimiento:
que la fe lo supla
con asentimiento.
Himnos de alabanza,
bendición y obsequio;
por igual la gloria
y el poder y el reino
al eterno Padre
con el Hijo eterno
y el divino Espíritu,
que procede de ellos. Amén.
V/. Les diste pan del cielo.
R/. Que contiene en sí todo deleite.
Oremos: Oh Dios que en este sacramento admirable nos dejaste el
memorial de tu pasión, te pedimos nos concedas venerar de tal modo los sagrados
misterios de tu cuerpo y de tu sangre, que experimentemos constantemente en
nosotros el fruto de tu redención. Tú que vives y reinas por los siglos de los
siglos. Amén.
(Ritual de la sagrada Comunión, núms. 158 y 164).
Al fiel cristiano que rece piadosamente las mencionadas estrofas se
le concede indulgencia parcial. La indulgencia será plenaria el Jueves santo
después de la misa de la Cena del Señor y en la acción litúrgica de la
solemnidad del Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo.
60
Te Deum
Al fiel cristiano que recite en acción de gracias el himno Te Deum,
se le concede indulgencia parcial. La indulgencia será plenaria silo recita
públicamente el último día del año.
61
Veni, Creator
Al fiel cristiano que rece devotamente el himno Ven, Espíritu
creador, se le concede indulgencia parcial. La indulgencia será plenaria el día
1 de enero y en la solemnidad de Pentecostés, si este himno se reza
públicamente.
62
Ven, Espíritu Santo
Ven, Espíritu Santo, llena los corazones de tus fieles y enciende
en ellos la llama de tu amor. Indulgencia parcial
63
Vía crucis
Al fiel cristiano que practique el piadoso ejercicio del Vía crucis
se le concede indulgencia plenaria.
Con el piadoso ejercicio del Vía crucis se actualiza el recuerdo de
los sufrimientos que soportó el divino Redentor en el camino desde el pretorio
de Pilato, donde fue condenado a muerte, hasta el monte de la Calavera o
Calvario, donde murió en la cruz por nuestra salvación.
Para ganar indulgencia plenaria se establece lo siguiente:
1. El piadoso ejercicio debe practicarse ante las estaciones del
Vía crucis legítimamente erigidas.
2. Para erigir el Vía crucis se requieren catorce cruces, a las que
provechosamente se acostumbra añadir otros tantos cuadros o imágenes que
representan las estaciones de Jerusalén.
3. Según la costumbre más extendida, este piadoso ejercicio consta
de catorce lecturas piadosas, a las que se añaden algunas oraciones vocales. No
obstante, para realizar este piadoso ejercicio, se requiere únicamente la
piadosa meditación de la Pasión y Muerte del Señor, sin que sea necesaria una
consideración sobre cada uno de los misterios de las estaciones.
4. Se requiere el paso de una estación a otra.
Si el piadoso ejercicio se practica públicamente y el movimiento de
todos los presentes no puede efectuarse sin evitar el desorden, basta con que
quien dirige el ejercicio se traslade a cada estación, sin que los demás se muevan
de su lugar.
5. Los que están legítimamente impedidos pueden ganar la misma
indulgencia, si al menos por un tiempo, por ejemplo, un cuarto de hora, se
dedican a la piadosa lectura y meditación de la Pasión y Muerte del Señor
Jesucristo.
6. Al piadoso ejercicio del Vía crucis se asimilan, también en lo
que se refiere a la consecución de la indulgencia, otros piadosos ejercicios,
aprobados por la autoridad competente, en los que se recuerda la Pasión y
Muerte del Señor, sin prescindir de las dichas catorce estaciones.
7. Entre los Orientales, donde no hay costumbre de practicar este
piadoso ejercicio, los patriarcas podrán establecer, para ganar esta
indulgencia, otro piadoso ejercicio en recuerdo de la Pasión y Muerte de
nuestro Señor Jesucristo.
64
Visita, Señor
Visita, Señor, esta habitación: aleja de ella las insidias del
enemigo; que tus santos ángeles habiten en ella y nos guarden en paz, y que tu
bendición permanezca siempre con nosotros. Por Jesucristo, nuestro Señor. Amén.
(Liturgia de las Horas: Completas, después de las Vísperas del
domingo).
65
Visita a la iglesia
parroquial
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite la
iglesia parroquial:
− en el día de la fiesta titular;
− el día 2 de agosto, en que coincide la indulgencia de la
“Porciúncula”.
Una y otra indulgencia podrán ganarse tanto en el día anteriormente
designado como en otro día que establezca el Ordinario en provecho de los
fieles.
Gozan de las mismas indulgencias la iglesia catedral y, si la hay,
la iglesia concatedral, aunque no sean parroquiales, y también las Iglesias
parroquiales.
Las mencionadas indulgencias ya están incluidas en la Constitución
apostólica Indulgentiarum doctrina. Norma 15; aquí se han tenido en cuenta los
deseos hasta ahora manifestados a la Sagrada Penitenciaría.
En esta piadosa visita, de acuerdo con la Norma 16 de la misma
Constitución apostólicas se reza la oración del Señor y el símbolo de la fe
(Padrenuestro y Credo).
66
Visita a una iglesia
o altar en el día de la dedicación
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite
piadosamente una iglesia o altar, en el mismo día de la dedicación y rece allí
el Padrenuestro y el Credo.
67
Visita a una iglesia
u oratorio en la Conmemoración de todos los fieles difuntos
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del
purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la
Conmemoración de todos los fieles difuntos, visiten piadosamente una iglesia u
oratorio.
Dicha indulgencia podrá ganarse, o en el día antes indicado, o con
el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la
solemnidad de Todos los Santos.
La mencionada indulgencia ya está incluida en la Constitución
apostólica Indulgentiarum doctrina, Norma 15; aquí se han tenido en cuenta los
deseos hasta ahora manifestados a la Sagrada Penitenciaría.
En esta piadosa visita, de acuerdo con la Norma 16 de la misma
Constitución apostólica,’ se reza la oración del Señor y el símbolo de la fe
(Padrenuestro y Credo).
68
Visita a una iglesia
u oratorio de Religiosos en el día de su santo fundador
Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite
piadosamente una iglesia u oratorio de Religiosos en el día de su santo
fundador y rece allí el Padrenuestro y el Credo
69
Visita pastoral
Al fiel cristiano que visite piadosamente una iglesia u oratorio
durante el tiempo en que se practica en ellos la visita pastoral se le concede
indulgencia parcial; se le concede una sola vez indulgencia plenaria, si
durante el mismo tiempo asiste a la función sagrada que preside el visitador.
70
Renovación de las
promesas del bautismo
Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que renueve las
promesas del bautismo, valiéndose de cualquier fórmula usual: si lo hace en la
celebración de la Vigilia pascual o en el día aniversario de su bautismo, gana
indulgencia plenaria.
INVOCACIONES
PIADOSAS
Por lo que se refiere a cualquier invocación piadosa, hay que tener
en cuenta lo siguiente:
1. La invocación, en cuanto a la indulgencia, ya no se considera
una obra distinta o completa, sino como un complemento de la obra, con el cual
el fiel cristiano, en el cumplimiento de sus obligaciones y en el sufrimiento
de las dificultades de la vida, eleva su alma a Dios con humilde confianza. Por
tanto, la invocación piadosa complementa la elevación del alma; y ambas son
como una piedra preciosa que se engasta en las actividades corrientes y las
embellece, como la sal que condimenta adecuadamente estas actividades.
2. Es preferible aquella invocación que mejor corresponde a las
circunstancias y estado de ánimo del momento; y ésta, o bien sale
espontáneamente del corazón, o bien se elige entre aquellas que ya hace tiempo
han sido admitidas por la práctica de los fieles cristianos, y de las cuales se
añade más adelante una breve lista
3. La invocación puede ser muy breve, expresada en una o pocas
palabras, o concebida sólo mentalmente.
Podemos aducir algunos ejemplos: Dios mío; Padre; Alabado sea
Jesucristo (u otro saludo cristiano en uso); Creo en ti, Señor; Te adoro;
Espero en ti; Gracias (o bien: Demos gracias a Dios); Bendito sea Dios (o bien:
Bendigamos al Señor); Venga a nosotros tu reino. Hágase tu voluntad; Como
quiera el Señor; Ayúdame, Dios mío; Dame fuerzas; Escúchame (o bien: Escucha mi
oración); Sálvame; Ten piedad de mí; Perdóname, Señor; No permitas que me
aparte de ti; No me abandones; Dios te salve María; Gloria a Dios en el cielo;
Señor, tú eres grande.
Invocaciones
introducidas por la costumbre, presentadas a modo de ejemplo
1. Te adoramos, oh Cristo, y te bendecimos, porque con tu cruz has
redimido al mundo.
2. Bendita sea la santa Trinidad.
3. Cristo vence, Cristo reina, Cristo impera.
4. Corazón de Jesús, ardiente de amor a nosotros, inflama nuestro
corazón en el amor a ti.
5. Corazón de Jesús, en ti confío.
6. Corazón de Jesús, todo por ti.
7. Sagrado Corazón de Jesús, ten piedad de nosotros.
8. Dios mío y todo mi bien.
9. ¡Oh Dios! ten compasión de este pecador.
10. Permite que te alabe, Virgen sagrada; dame fuerza contra tus
enemigos.
11 Enséñame a cumplir tu voluntad ya que tú eres mi Dios.
12. Señor, auméntanos la fe
13. Señor, que se realice la unidad de las mentes en la verdad y la
unidad de los corazones en la caridad.
14. ¡Señor, sálvanos que nos hundimos!
15. ¡Señor mío y Dios mío!
16. Dulce corazón de María, sé mi salvación.
17. Gloria al Padre y al Hijo y al Espíritu Santo.
18. Jesús, María, José.
19. Jesús, José y María os doy el corazón y el alma mía; Jesús,
José y María, asistidme en mi última agonía; Jesús, José y María, descanse en
paz con vos el alma mía.
20. Jesús, manso y humilde de corazón, haz nuestro corazón
semejante al tuyo.
21. Sea alabado y adorado por siempre el santísimo Sacramento.
22. Quédate con nosotros, Señor.
23. Madre dolorosa, ruega por nosotros.
24. Madre mía, confianza mía.
25. Envía, Señor, obreros a tu mies.
26. Que nos bendiga la Virgen María, junto con su santísimo Hijo.
27. Dios te salve, cruz, única esperanza.
28. Santos y santas de Dios, interceded por nosotros.
29. Ruega por nosotros, santa Madre de Dios, para que seamos dignos
de alcanzar las promesas de Jesucristo.
30. Padre, a tus manos encomiendo mi espíritu.
31. Jesús, Señor compasivo, dales el descanso eterno.
32. Reina concebida sin pecado original, ruega por nosotros.
33. Santa Madre de Dios, siempre Virgen María, intercede por
nosotros.
34. Santa María, Madre de Dios, ruega por mí.
35. Tú eres el Mesías, el Hijo de Dios vivo.
Notas:
1 Cf. Alocución del Papa Pablo VI al Colegio de Cardenales y a la
Curia Romana, pronunciada el día 23 de diciembre de 1966: AAS, 59 (1967) p. 57.
2 Cf. Constitución
apostólica Indulgentiarum doctrina, 1 de enero de 1967, núm. II.
3 Cf. Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina, núm. II.
4 Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium
sobre la Iglesia, núm. 34. 5
5 Misal Romano, oración colecta del lunes de la octava de Pascua.
6 Cf. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium
sobre la sagrada Liturgia, núms. 9- 13.
7 Cf. Más adelante, principalmente los núms. 33-44.
8 Cf. Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes,
sobre la Iglesia en el mundo actual, núm. 43.
9 Cf. 1 Co 10, 31 y Col 3, 17; Concilio Vaticano II, Decreto
Apostolicam actuositatem, sobre el ministerio de los laicos, núms. 2, 3, 4 y
13.
10 Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen gentium
sobre la Iglesia, núm. 39 e ibid., núms. 40-42.
11 Cf. Constitución apostólica Paenitemini, 17 de febrero 1966,
III, c: AAS, 58 (1966) pp. 182-183.
12 Lc 18, 1.
13 Col .1, 17.
14 Cf. Jn 13, 15 y Hch 10, 38.
15 Cf. también Tb 4, 7-8; Is 58, 7.
16 Jn 13, 35.
17 Cf. Mt 8, 20; 16, 24.
18 Sermón 13 (Alias: 12) De ieiunio decimi mensis, 2: PL 54, 172. u
Cf. Le 14, 27.
19 Cf. Lc 13, 3.
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