miércoles, 22 de noviembre de 2017

Los contenidos eclesiológicos de la Declaración Dominus Iesus - Mons. Fernando Ocáriz Braña

Presentación general de
los contenidos eclesiológicos
de la Declaración Dominus Iesus

Por Mons. Fernando Ocáriz Braña
el Realizada en el año 2000
Siendo entonces consultor de la
Congregación para la Doctrina de la Fe

  
Los capítulos IV, V y VI de la Declaracion DominusIesus abordan las consecuencias eclesiológicas de la doctrina contenida en los capítulos precedentes. Queda afirmada ante todo la existencia de una única Iglesia, en correspondencia a la unicidad y universalidad de la mediación salvífica de Jesucristo (cfr. n. 16). Tal correspondencia está fundada en la voluntad del Señor, que no estableció la Iglesia como una simple comunidad de discípulos, sino también como misterio salvífico. La Iglesia es, efectivamente, la presencia del mismo Cristo que actúa en la Historia la salvación, en los discípulos y a través de los discípulos. Así pues, del mismo modo que hay un solo Cristo, hay una sola Iglesia: una sola Cabeza, un solo Cuerpo.
A continuación la Declaración recoge otra importante enseñanza del Concilio Vaticano II y ofrece su precisa interpretación: la única Iglesia subsiste (subsistit) en la Iglesia católica presidida por el Sucesor de Pedro y por los otros obispos. El Vaticano II quiere decir, con esta afirmación, que la única Iglesia de Jesucristo continúa existiendo a pesar de las divisiones entre los cristianos; y, más precisamente todavía, que sólo en la Iglesia católica subsiste la Iglesia de Cristo en toda su plenitud, mientras que fuera de su estructura visible existen elementos de santificación y de verdad propios de la misma Iglesia (cf. n. 17). Llegados a este punto, el texto de la Dominus Iesus recuerda que, algunas comunidades cristianas no católicas, conservan entre esos elementos de santificación y de verdad, el Episcopado válido y la Eucaristía válida y, por eso, son Iglesias particulares, es decir, porciones del único pueblo de Dios en las cuales está presente y actúa la Iglesia una, santa, católica y apostólica(Concilio Vaticano II, Decreto Christus Dominus, 11), como es el caso de las Iglesias ortodoxas. Así pues, existe una sola Iglesia (que subsiste en la Iglesia católica), y al mismo tiempo existen verdaderas Iglesias particulares no católicas. No se trata de una paradoja: existe una sola Iglesia de la que son porciones todas las Iglesias particulares, aunque en algunas de éstas (las no católicas) no exista la plenitud eclesial, en cuanto que su unión con el todo no es perfecta, por la falta de plena comunión con aquel que, según la voluntad del Señor, es principio y fundamento de la unidad del episcopado y de la Iglesia entera (el Obispo de Roma, Sucesor de Pedro: cf. Lumen gentium, 23).


Necesidad de la Iglesia

La unicidad y universalidad de la Iglesia es vista a continuación por la Declaración en el contexto del Reino de Dios. Recordando que la Iglesia es germen e inicio del Reino de Cristo y de Dios (cf. Lumen gentium, 5), se expresa su dimensión escatológica: este Reino es ya una realidad presente en la Historia, pero solamente al final de los tiempos alcanzará su pleno desarrollo. Recogiendo las enseñanzas de la encíclica Redemptoris missio, la Declaración reafirma que el Reino, aun no identificándose con la Iglesia en su realidad visible y social, está indisolublemente unido a Cristo y a la Iglesia (cf. n. 18). Así se excluyen algunas tesis contrarias a la fe católica que, partiendo de presupuestos diversos, niegan la unicidad de la relación que Cristo y la Iglesia tienen con el Reino de Dios (n. 19).
Directamente, y por último, la Declaración Dominus Iesus afronta la cuestión de la relación que la Iglesia y las religiones no cristianas tienen con la salvación de los hombres (nn. 20-22). Ante todo queda reafirmada la verdad de fe según la cual la Iglesia peregrinante es necesaria para la salvación (Lumen gentium, 14), verdad que no hay que separar de esta otra: Dios quiere que todos los hombres se salven (1 Tim 2, 4). La Declaración -siguiendo también aquí la encíclica Redemptoris missio-reafirma que es necesario creer conjuntamente en estas dos verdades: la real posibilidad de la salvación en Cristo para todos los hombres y la necesidad de la Iglesia en orden a tal salvación (n. 20). Debemos creer que toda salvación -también la de los no cristianos- viene de Cristo a través de la Iglesia, pero no sabemos cómo se realiza eso en el caso de los no cristianos (cf. n. 21). Por eso es especialmente necesario, en este contexto, no pensar en la Iglesia sólo, ni primariamente, en su dimensión visible y social, sino primero y sobre todo en su realidad de misterio interior, espiritual, radicado en la obra de Cristo que, mediante su Espíritu, edifica su Cuerpo en la Comunión de los Santos.
La Dominus Iesus rechaza por consiguiente una interpretación, hoy bastante difundida -pero contraria a la fe católica-, según la cual todas las religiones, en cuanto tales, por sí mismas, serían vías de salvación junto a la religión cristiana. Recogiendo también aquí la enseñanza del Vaticano II y de la encíclica Redemptoris missio, la Declaración recuerda que las otras religiones contienen elementos de religiosidad que proceden de Dios, y que forman parte de cuanto el Espíritu obra en el corazón de los hombres y en la historia de los pueblos, en las culturas y en las religiones (n. 21). Tienen estos elementos un valor de preparación al Evangelio (ibíd.), por más que otros elementos de ellas constituyan más bien obstáculos (cf. ibíd.) Sigue siendo, pues, plenamente actual la misión de la Iglesia ad gentes, también porque, si es verdad que los fieles de las otras religiones pueden recibir la gracia divina, también es cierto que «objetivamente » se encuentran en una situación gravemente deficitaria en comparación a la de quienes, en la Iglesia, tienen la plenitud de los medios salvíficos (n. 22). De todos modos, la Declaración recuerda a todos los hijos de la Iglesia que su particular condición no debe ser atribuida a sus propios méritos, sino a una especial gracia de Cristo; si no corresponden a ella con el pensamiento, con la palabra y con las obras, no sólo no se salvarán sino que incluso serán juzgados más severamente (n. 22; cf. Lumen gentium, 14).
Como conclusión, no es superfluo subrayar que el compromiso de los cristianos de llevar la luz y la fuerza salvífica del Evangelio a todos los hombres no es, ni puede ser, una afirmación de nosotros mismos, sino más bien un obligado servicio a los demás mediante la verdad que salva, de la cual nosotros no somos ni el origen ni los propietarios, sino gratuitos beneficiarios y servidores; una verdad que debe ser siempre propuesta en la caridad y en el respeto a la libertad (cf. Ef 4, 15; Gál 5, 13).


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