PENITENCIARÍA APOSTÓLICA
EL DON DE LA INDULGENCIA
La celebración del
Año jubilar no sólo constituye una ocasión singular para aprovechar el gran don
de las indulgencias, que el Señor nos hace mediante la Iglesia, sino que
también es una feliz oportunidad para volver a presentar a la consideración de
los fieles la catequesis sobre las indulgencias. Por eso, la Penitenciaría
apostólica publica, para utilidad de cuantos realizan las visitas jubilares,
este aviso sagrado.
INDICACIONES DE
ÍNDOLE GENERAL
SOBRE LAS INDULGENCIAS
1. El «Código de
derecho canónico» (c. 992) y el «Catecismo de la Iglesia católica» (n. 1471),
definen así la indulgencia: «La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena
temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel
dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la
Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con
autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».
2. En general, para
lucrar las indulgencias hace falta cumplir determinadas condiciones (las
enumeramos en los números 3 y 4) y realizar determinadas obras (en
los números 8, 9 y 10 se indican las que corresponden al Año santo).
3. Para lucrar las
indulgencias, tanto plenarias como parciales, es preciso que, al menos antes de
cumplir las últimas exigencias de la obra indulgenciada, el fiel se halle
en estado de gracia.
4. La indulgencia
plenaria sólo se puede obtener una vez al día. Pero,
para conseguirla, además del estado de gracia, es necesario que el fiel
- tenga la
disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial;
- se confiese
sacramentalmeпte de sus pecados;
- reciba la
sagrada Eucaristía (ciertamente, es mejor recibirla participando en la
santa misa, pero para la indulgencia sólo es necesaria la sagrada Comunión);
- ore según las
intenciones del Romano Pontífice.
5. Es conveniente,
pero no necesario, que la confesión sacramental, y especialmente la sagrada
Comunión y la oración por las intenciones del Papa, se hagan el mismo día en
que se realiza la obra indulgenciada; pero es suficiente que estos sagrados
ritos y oraciones se realicen dentro de algunos días (unos veinte) antes o
después del acto indulgenciado. La oración según la mente del Papa queda a
elección de los fieles, pero se sugiere un «Padrenuestro» y un «Avemaría». Para
varias indulgencias plenarias basta una confesión sacramental, pero para cada
indulgencia plenaria se requiere una distinta sagrada Comunión y una distinta
oración según la mente del Santo Padre.
6. Los confesores pueden
conmutar, en favor de los que estén legítimamente impedidos, tanto la obra
prescrita como las condiciones requeridas (obviamente, excepto el desapego del
pecado, incluso venial).
7. Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra.
ASPECTOS PROPIOS DEL
AÑO JUBILAR
Cumplidas las
necesarias condiciones, indicadas en los números 3 y 4, los fieles
pueden lucrar la indulgencia jubilar realizando una de las siguientes obras, enumeradas
aquí en tres categorías:
8. Obras de
piedad o religión
- O hacer
una peregrinación piadosa a un santuario o lugar jubilar (para Roma:
una de las cuatro basílicas patriarcales, es decir, San Pedro, San Juan de
Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo, o también a la basílica de Santa Cruz
de Jerusalén, a la basílica de San Lorenzo en Campo Verano, al santuario de la
Virgen del Amor Divino o a una de las catacumbas cristianas), participando en
la santa misa o en otra celebración litúrgica (Laudes o Vísperas) o en un
ejercicio de piedad (vía crucis, rosario, rezo del himno «Akáthistos», etc.),
- o hacer una visita piadosa, en
grupo o individualmente, a uno de esos lugares jubilares, participando en la
adoración eucarística y en meditaciones piadosas, concluyéndolas con el «
Padrenuestro », el « Credo » y una invocación a la Virgen María.
9. Obras de
misericordia o caridad
- O visitar, durante
un tiempo conveniente, a hermanos necesitados o que atraviesan
dificultades (enfermos, detenidos, ancianos solos, discapacitados, etc.),
como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos;
- o apoyar con
un donativo significativo obras de carácter religioso o social (en favor
de la infancia abandonada, de la juventud en dificultad, de los ancianos
necesitados, de los extranjeros que, en los diversos países, buscan mejores
condiciones de vida);
- o dedicar una parte
conveniente del propio tiempo libre a actividades útiles para la
comunidad u otras formas similares de sacrificio personal.
10. Obras de
penitencia
Al menos durante un
día
- o abstenerse
de consumos superfluos (fumar, bebidas alcohólicas, etc.);
- o ayunar;
- o hacer abstinencia
de carne (u otros alimentos, según las indicaciones de los
Episcopados),
entregando una suma
proporcional a los pobres.
Dado en Roma, en la
sede de la Penitenciaría apostólica, el 29 de enero de 2000.
Card. WILLIAM WAKEFIELD BAUM
Penitenciario mayor
Mons. LUIGI DE MAGISTRIS
Obispo titular de Nova
Regente
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