DECRETO
Este año, en las circunstancias actuales debidas a la pandemia
de "covid-19",
las indulgencias plenarias para los fieles fallecidos se prorrogarán
durante todo el mes de noviembre, con la adecuación de las obras y condiciones
para garantizar la seguridad de los fieles.
Esta Penitenciaría
Apostólica ha recibido muchas peticiones de los sagrados pastores solicitando
que este año, a causa de la epidemia de "covid-19", se conmutaran las
obras piadosas para obtener las indulgencias plenarias aplicables a las almas
del purgatorio, según el Manual de Indulgencias (conc. 29, § 1). Por este
motivo la Penitenciaría Apostólica, por mandato especial de Su Santidad el Papa
Francisco, establece de muy buen grado y decide que este año, para evitar las
aglomeraciones donde están prohibidas:
a.- La indulgencia
plenaria para los que visiten un cementerio y recen por los difuntos aunque
sólo sea mentalmente, establecida por regla general sólo en días concretos del
1 al 8 de noviembre, podrá ser trasladada a otros días del mismo mes hasta que
acabe. Estos días, elegidos libremente por los fieles, también pueden ser
independientes entre sí.
b.- la indulgencia plenaria del 2 de noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los Fieles Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y reciten allí el "Padre Nuestro" y el "Credo", puede ser transferida no sólo al domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los Santos, sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por cada uno de los fieles.








