CONGREGACIÓN PARA
EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE
LOS SACRAMENTOS
NOTIFICACIÓN
sobre la memoria de la
bienaventurada Virgen María,
Madre de la Iglesia
Tras la inscripción en el Calendario Romano de la
memoria obligatoria de la bienaventurada Virgen María, Madre de la Iglesia, que
todos deben celebrar ya este año el lunes después de Pentecostés, parece
oportuno ofrecer las siguientes indicaciones.
La rúbrica que se lee en el Misal Romano después de
los formularios de la Misa de Pentecostés: «Donde el lunes o también el martes
después de Pentecostés son días en los que los fieles deben o suelen asistir a
misa, puede utilizarse la misa del domingo de Pentecostés o decirse la misa
votiva del Espíritu Santo» (Misal Romano), sigue siendo válida porque no
deroga la precedencia de los días litúrgicos que, por su celebración, son
regulados únicamente por la Tabla de los días litúrgicos (cf. Normas
universales sobre el año litúrgico y sobre el calendario, n. 59). Del mismo
modo, la precedencia está ordenada por la normativa para las Misas votivas:
«Las misas votivas, de suyo, están prohibidas los días en que coincide una
memoria obligatoria, o una feria de Adviento hasta el día 16 de diciembre, o
una feria del tiempo de Navidad desde el 2 de enero, o del tiempo pascual
después de la octava de Pascua. Pero si la utilidad pastoral lo pide, en la
celebración con el pueblo puede utilizarse una misa votiva que responda a esa
utilidad, a juicio del rector de la iglesia o del mismo sacerdote celebrante» (Misal
Romano; cf. Ordenación general del Misal Romano, n. 376).
Sin embargo, en igualdad de condiciones, se
prefiere la memoria obligatoria de la bienaventurada Virgen María, Madre de la
Iglesia, cuyos textos van anexos al Decreto, con las lecturas indicadas,
consideradas propias, porque iluminan el misterio de la Maternidad espiritual.
En una futura edición del Ordo Lectionum Missae n. 572 bis, la
rúbrica indicará expresamente que las lecturas son propias y, por tanto, aunque
se trate de una memoria, deben tomarse en lugar de las lecturas del día
(cf. Leccionario, Prenotandos, n. 83).
En el caso que coincida esta memoria con otra
memoria, se siguen los principios de las normas generales para el Año litúrgico
y el Calendario (cf. Tabla de los días litúrgicos, n. 60). Dada la
vinculación de la memoria de la bienaventurada Virgen María, Madre de la
Iglesia con Pentecostés, al igual que la memoria del Inmaculado Corazón de la
bienaventurada Virgen María con la celebración del Sagrado Corazón de Jesús, en
caso de coincidencia con otra memoria de un Santo o de un Beato, según la
tradición litúrgica de la preeminencia entre personas, prevalece la memoria de
la bienaventurada Virgen María.
En la sede de la Congregación para el Culto Divino
y la Disciplina de los Sacramentos, a 24 de marzo de 2018.
Robert Card. Sarah
Prefecto
Prefecto
+ Arthur Roche
Arzobispo Secretario
Arzobispo Secretario
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