OFICINA PARA LAS CELEBRACIONES LITÚRGICAS
DEL SUMO PONTÍFICE
DEL SUMO PONTÍFICE
¿Quién celebra? (CEC nn. 1136-1144)
El Catecismo de
la Iglesia Católica (CEC), invocando la Constitución conciliar Sacrosanctum
Concilium (cf. n. 8), enseña que “en la liturgia terrena preguntamos y
tomamos parte en un anticipo de la liturgia celestial que se celebra en la
Ciudad Santa de Jerusalén” (n. 1090). Teniendo este conocimiento puramente
teológico, a continuación, confirma que “los que celebran el culto litúrgico,
ya están de alguna manera, más allá de los signos, en la liturgia celestial,
donde la celebración es enteramente comunión y fiesta” (n. 1136). Y añade: “En
esta Liturgia eterna el Espíritu y la Iglesia nos hacen participar, cuando
celebramos, en los sacramentos, el misterio de la salvación” (n. 1139).
La acción litúrgica
entonces no termina sólo en su dimensión histórica. Más bien, es una prueba
(cf. Juan Pablo II, Audiencia general, 28 de junio de 2000), un pálido
reflejo de la realidad, sin embargo (cf. Benedicto XVI, Homilía en la
celebración de las Vísperas en la Catedral de Notre-Dame de París, 12 de
septiembre de 2008), de lo que se lleva a cabo en las alturas sin cesar. La
liturgia eclesial, por lo tanto, no es sólo una imitación más o menos fiel de
la liturgia celeste, ni mucho menos una celebración de forma paralela o
alternativa. Más bien, significa y representa una concreta manifestación
sacramental de la liturgia eterna.
Una de las imágenes
bíblicas que están en la base de todo esto propone el libro del Apocalipsis, en
cuyas páginas se delinea un luminoso icono de la liturgia celestial (cf. Ap
4-5; 6,9, 7,1 a 9, 12; 14.1, 21, 22.1, y también CEC, nº 1137-1138).
Es la entera creación
la que eleva una alabanza incesante a Dios. Y es justamente a esta liturgia
ininterrumpida de los cielos a la que la comunidad formada por el pueblo santo
de Dios, reunido en fraternal regocijo en la asamblea litúrgica, místicamente
se asocia en las celebraciones eclesiales. El cielo y la tierra se reúnen en
una sublime communio sanctorum.
No resulta entonces
difícil comprender la verdad de fe expuesta por el Catecismo cuando
enseña que la liturgia es la acción del “Cristo total” (CEC nº 1136), que está
inseparablemente unido a la Cabeza de su Cuerpo Místico, que es la Iglesia en
su conjunto: celeste, purgante, peregrinante.
La acción litúrgica
que se lleva a cabo, además, no representa simplemente la celebración de los
miembros de una comunidad eclesial particular. Es siempre toda la Iglesia, la
universal, la que está realmente implicada. Más todavía, es propio en la
liturgia donde la descripción escultórica de la Iglesia como “sacramento de
unidad” se realiza en su máximo fulgor. En ella, de hecho, la íntima unidad que
vige entre los fieles se hace expresión viva, real y concreta.
En este sentido, el
CEC, nº 1140, también habla de la preferencia que, en el culto litúrgico, se
debe dar a la celebración comunitaria respecto a la individual y casi privada.
Esto se debe principalmente al valor de “epifanía” de la liturgia: el rito
comunitario, es decir, no es un rito que “vale” más, pero sin duda es un rito
que manifiesta mejor el carácter eclesial de toda celebración litúrgica.
En el mismo número
del Catecismo también se especifica que no todos los ritos litúrgicos
implican una celebración comunitaria: esto es particularmente cierto para el
Sacramento de la Reconciliación (¡cuya celebración —excepto casos muy
excepcionales— debe ser individual!), para la Unción de los enfermos
y para numerosos Sacramentales. El Sacrificio eucarístico representa en cambio
el grado máximo que puede expresar la celebración comunitaria: se ofrece en
nombre de toda la Iglesia, es el signo principal de la unidad, el mayor vínculo
de la caridad.
Hay que decir sin
embargo que, aun cuando la acción litúrgica se realiza según la modalidad
individual, nunca pierde su carácter esencialmente eclesial, comunitario y
público.
Es necesario, luego,
que la participación en la acción litúrgica sea “activa”, es decir, que cada
fiel no asegure sólo una presencia exterior, sino también una interior
implicación a través de una atención consciente de la mente y una disposición
del corazón, que son tanto respuesta del hombre provocada por la gracia como
una cooperación fructífera con ella.
La dimensión comunitaria
esencial de la liturgia no excluye, sin embargo, que coexista la dimensión
jerárquica (al contrario, el concepto mismo de “Comunidad eclesial” requiere e
incluye el de la “Jerarquía eclesial”). El Culto litúrgico, de hecho,
reflejando la naturaleza teándrica de la Iglesia, es la acción de todo el
pueblo santo de Dios, que es ordenado y actúa bajo la dirección de los
ministros sagrados. La mención expresa de los obispos (cf. CEC nº 1140) es un
recordatorio de la constitutiva centralidad de la figura episcopal, en torno a
la cual gira la vida litúrgica de la Iglesia local. En palabras más simples,
aunque la celebración es de toda la Iglesia, no puede llevarse a cabo sin los
ministros sagrados. En particular, esto se aplica a la Eucaristía, cuya celebración
está reservada a los sacerdotes por derecho divino.
Dentro de la acción
litúrgica, entendida como una clara manifestación de la unidad del Cuerpo de la
Iglesia, en virtud de su Bautismo, el fiel individual realiza su tarea, según
su estado de vida y el oficio que desempeña dentro de la comunidad (cf. CEC,
nn. 1142-1144). Además de los ministros sagrados (obispos, sacerdotes y
diáconos), también hay una variedad de ministerios litúrgicos (sacristán,
monaguillo, lector, salmista, acólito, comentaristas, músicos, cantores, etc.)
cuya tarea está regulada por la Iglesia, o determinado y especificado por el
obispo diocesano según las tradiciones litúrgicas y las necesidades pastorales
de la Iglesia particular a la que está destinado.
Muy bien explicado el contenido de esta sección del catecismo me sirvió para aclarar muchas dudas que tenía.
ResponderEliminarMuchas gracias
Felicidades Paz y Bien