lunes, 3 de agosto de 2020

Instrucción «Memoriale Domini» sobre el modo de administrar la comunión - Congregación para el Culto Divino


Instrucción «Memoriale Domini»

Sagrada Congregación para el Culto divino,
sobre el modo de administrar la comunión

y

Carta anexa a la Instrucción Memoriale Domini

San Juan Evangelista dando la comunión a la Virgen - Francisco Ribalta

Al celebrar el memorial del Señor, la Iglesia atestigua por el mismo rito la fe y la adoración de Cristo, que está presente en el sacrificio y se da como alimento a los que participan de la mesa eucarística.

Por eso da mucha importancia a que la Eucaristía sea celebrada y participada del modo más digno y fructuoso, guardando enteramente la tradición que, mediante un cierto desarrollo, llega hasta nosotros y cuyas riquezas han sido infundidas en el uso y en la vida de la Iglesia. Pues los documentos históricos demuestran que el modo de celebrar y de sumir la sagrada Eucaristía ha sido multiforme. También en nuestros tiempos se han introducido en la celebración de la Eucaristía no pocas ni leves modificaciones, en cuanto al rito, para que se acomodase mejor a las necesidades espirituales y psicológicas de los hombres actuales. Y en la misma disciplina que regula el modo con que los fieles participan en el divino Sacramento se ha establecido de nuevo, en ciertas circunstancias, la comunión bajo las dos especies de pan y vino, que en otros tiempos fue común también en el rito latino y poco a poco fue cayendo en desuso. Situación que se hizo general en tiempos del Concilio de Trento, el cual la aprobó con doctrina dogmática y la defendió como apropiada a las condiciones de aquella época. 1


Con las reformas indicadas se han hecho más vivos y transparentes el signo del convite eucarístico y el cumplimiento omnímodo del mandato de Cristo. Pero, al mismo tiempo, la participación más plena de la celebración eucarística, significada por la comunión sacramental, ha suscitado en algunas partes, durante los últimos años, el deseo de volver al uso de depositar el pan eucarístico en la mano de los fieles, para que ellos mismos, comulgando, lo introduzcan en su boca.

Más aún, en algunas comunidades y lugares se ha practicado este rito, sin haber pedido antes la aprobación de la Sede Apostólica, y a veces de manera que les ha faltado a los fieles la oportuna preparación.

Es verdad que, según el uso antiguo en otros tiempos, se permitió a los fieles tomar en la mano este divino alimento y llevarlo a la boca por sí mismos, y también, en tiempo antiquísimo, llevar consigo el Santísimo desde el lugar en que se celebraba el sacrificio, principalmente con el fin de aprovecharse de él como viático en el caso de tener que luchar por la confesión de la fe.

Sin embargo, las normas de la Iglesia y los documentos de los Padres manifiestan con abundancia la máxima reverencia y la prudencia suma con que se trataba a la sagrada Eucaristía. Porque «nadie... come aquella carne sin adorarla antes»2, y, al asumirla, se amonesta a todos: «... tómala, y estate atento para que no se te pierda nada»3: «Porque es el Cuerpo de Cristo.»4


Además, el cuidado y el ministerio del Cuerpo y la Sangre del Señor se encomendaban de modo verdaderamente peculiar a ministros sagrados u hombres designados para eso: «Después que el presidente terminó las preces y todo el pueblo hizo la aclamación, los que entre nosotros se llaman diáconos, distribuyen a cada uno de los presentes para que participe de ellos, el pan y el vino con agua, sobre los que se dieron gracias, y los llevan a los ausentes.5

Por eso, el oficio de llevar la Eucaristía a los ausentes fue luego confiado exclusivamente a los ministros sagrados, para asegurar mejor la reverencia debida al Cuerpo de Cristo y servir al mismo tiempo a la necesidad de los fieles. Andando el tiempo, después de estudiar más a fondo la verdad del misterio eucarístico, su eficacia y la presencia de Cristo en el mismo, bajo el impulso ya de la reverencia hacia este Santísimo Sacramento, ya de la humildad con que debe ser recibido, se introdujo la costumbre de que el ministro por sí mismo depositase en la lengua de los que recibían la comunión una partícula del pan consagrado.

Este modo de distribuir la santa comunión, considerando en su conjunto el estado actual de la Iglesia, debe ser conservado no solamente porque se apoya en un uso tradicional de muchos siglos, sino, principalmente, porque significa la reverencia de los fieles cristianos hacia la Eucaristía. Este uso no quita nada a la dignidad personal de los que se acercan a tan gran Sacramento, y es parte de aquella preparación que se requiere para recibir el Cuerpo del Señor del modo más fructuoso.6

Esta reverencia significa la comunión no de «pan y bebida común»,7 sino del Cuerpo y la Sangre del Señor, por la cual «el pueblo de Dios participa en los bienes del sacrificio pascual, renueva la nueva alianza entre Dios y los hombres sellada de una vez para siempre con la sangre de Cristo, y prefigura y anticipa en la fe y la esperanza el banquete escatológico en el reino del Padre».8

Por lo demás, con este modo de obrar, que se ha de considerar ya común, se garantiza, con mayor eficacia, la distribución de la sagrada comunión con la reverencia, el decoro y la dignidad que convienen, para alejar todo peligro de profanación de las especies eucarísticas, en las que «de modo singular el Cristo total e íntegro, Dios y hombre, se halla presente sustancial y permanentemente»9; y para tener, finalmente, con los mismos fragmentos del pan consagrado el cuidado diligente que la Iglesia ha recomendado siempre: «Porque si dejas caer algo, piensa que es como si lo perdieses de tus propios miembros.»10


Por todo lo cual, habiendo pedido algunas Conferencias Episcopales y algunos Obispos en particular que se permitiese en sus territorios el uso de poner en las manos de los fieles el pan consagrado, el Sumo Pontífice mandó que se preguntase a todos y cada uno de los Obispos de la Iglesia latina su parecer sobre la oportunidad de introducir el rito mencionado. Pues una mutación en cosa de tanta importancia, que se asienta en una tradición antiquísima y venerable, además de tocar a la disciplina, también puede traer consigo peligros, que se teme podrían surgir del nuevo modo de administrar la sagrada comunión, a saber: el que se llegue a una menor reverencia hacia el augusto Sacramento del altar o a la profanación del mismo Sacramento o a la adulteración de la recta doctrina.

Por consiguiente, fueron propuestas a los Obispos tres cuestiones, a las que, hasta el día 12 del mes de marzo último, respondieron del modo siguiente:

1. ¿Se ha de acoger el deseo de que, además del modo tradicional, se permita también el rito de recibir la sagrada comunión en la mano? Placet: 567; Non placet: 1.233; Placet iuxta modum: 315; Votos inválidos: 20.

2. ¿Place que se hagan antes experimentos de este nuevo rito en pequeñas comunidades, con el consentimiento del Ordinario del lugar? Placet: 751; Non placet: 1.215; Votos inválidos: 70.

3. ¿Piensa que los fieles, después de una preparación catequética bien ordenada, han de recibir de buen grado este nuevo rito? Placet: 835; Non placet: 1.185; Votos inválidos: 128.

Por las respuestas dadas se ve que la mayor parte de los Obispos estiman que no se debe cambiar la disciplina vigente; más aún, que el cambio sería dañoso, tanto para la sensibilidad como para el culto espiritual de los mismos Obispos y de muchos fieles.

Así, pues, teniendo en cuenta las observaciones y el parecer de aquellos a quienes «el Espíritu Santo ha encargado guardar el rebaño, como pastores de la Iglesia de Dios»11, de acuerdo con la gravedad del asunto y con el valor de los argumentos aducidos, el Sumo Pontífice ha decidido no cambiar el modo, hace mucho tiempo recibido, de administrar a los fieles la sagrada comunión.

En consecuencia, la Sede Apostólica exhorta calurosamente a los Obispos, sacerdotes y fieles que se conformen diligentemente a la ley vigente y nuevamente confirmada, tomando en consideración el juicio dado por la mayor parte del Episcopado católico, la forma empleada por el rito actual de la sagrada liturgia y también el bien común de la misma Iglesia.


Pero si el uso contrario, es decir, el de poner la santa comunión en las manos, hubiera arraigado ya en algún lugar, la misma Sede Apostólica, con el fin de ayudar a las Conferencias Episcopales a cumplir el oficio pastoral, que con frecuencia se hace más difícil en las condiciones actuales, confía a las mismas Conferencias el encargo y el deber de examinar las circunstancias peculiares, si existen, pero con la condición de prevenir todo peligro de que penetren en los espíritus la falta de reverencia o falsas opiniones sobre la santísima Eucaristía, como también de suprimir con todo cuidado otros inconvenientes.


Ahora bien, en tales casos, para la debida ordenación del mencionado uso, las Conferencias Episcopales, previo un prudente estudio, tomarán los oportunos acuerdos, en votación secreta y por dos tercios de los votos; acuerdos que luego han de presentar a la Santa Sede para su necesaria confírmación, remitiendo aneja una exposición precisa de los motivos que han llevado a tales acuerdos. La Santa Sede ponderará cuidadosamente cada caso, teniendo en cuenta la unión de las varias Iglesias locales entre sí y la de cada una con la Iglesia universal, para promover el bien común y la común edificación, y para el aumento de la fe y de la piedad, que brota del ejemplo mutuo.


Esta Instrucción, compuesta por mandato especial del Sumo Pontífice Pablo VI, ha sido debidamente aprobada por él mismo, en virtud de su apostólica autoridad, el día 28 del mes de mayo del año 1969. El dispuso también que se notificase a los prelados por medio de los presidentes de las Conferencias Episcopales.
Sin que obste nada en contrario.
Roma, día 29 del mes de mayo del año 1969.
Benno Card. Gut, prefecto.
A. Bugnini, secretario.

CARTA ANEXA A LA INSTRUCCIÓN MEMORIALE DOMINI

Respondiendo a la petición presentada por su Conferencia Episcopal sobre el permiso de distribuir la comunión depositando la hostia en la mano de los fieles, os transmito el siguiente comunicado:

Recordando lo que en este punto dice la Instrucción del 29 de mayo de 1969, sobre el mantenimiento en vigor del uso tradicional, el Santo Padre ha tomado en consideración los motivos invocados en vuestra petición y los resultados de la votación hecha con este objeto. Está de acuerdo en que en el territorio de vuestra Conferencia Episcopal, cada Obispo, según su prudencia y su conciencia, pueda autorizar en su diócesis la introducción del nuevo rito para distribuir la comunión, a condición de que se evite toda ocasión de escándalo por parte de los fieles y el peligro de irreverencia hacia la Eucaristía.

Para ello se tendrán en cuenta las normas siguientes:

1. La nueva manera de comulgar no deberá ser impuesta de modo que excluya el uso tradicional. Lo importante es que cada fiel tenga la posibilidad de recibir la comunión sobre la lengua, al modo tradicional, y al mismo tiempo otras personas puedan recibir la hostia en la mano. En efecto, las dos maneras de comulgar pueden coexistir sin dificultad en la misma acción litúrgica. Así nadie encontrará en el nuevo rito una causa de turbación a su propia sensibilidad espiritual hacia la Eucaristía, y también este Sacramento, que por su naturaleza es fuente y cauce de unidad, no se convertirá en ocasión de división entre los fieles.

2. El rito de la comunión dada en la mano del fiel no deberá ser aplicado sin discreción. En efecto, puesto que se trata de una actitud humana, está ligada a la sensibilidad y a la preparación del que la toma. Conviene, pues, introducirlo gradualmente, comenzando por unos grupos más preparados. Es necesario, sobre todo, hacer preceder esta preparación de una catequesis adecuada para que los fieles comprendan exactamente el significado del gesto y lo realicen con el respeto debido al Sacramento. El resultado de esta catequesis debe de excluir cualquier apariencia de cesión en la conciencia de la Iglesia sobre la fe en la presencia eucarística, y también cualquier riesgo a que sea un peligro de profanación.

3. La posibilidad que se da al fiel de recibir en la mano y de llevar a la boca el pan eucarístico no le debe ofrecer la ocasión de considerarlo como un pan ordinario o una cosa sagrada cualquiera; debe, al contrario, aumentar en él el sentido de su dignidad de miembro del Cuerpo místico de Cristo, en el cual está insertado por el bautismo y por la gracia de la Eucaristía, y también acrecentar su fe en la gran realidad del Cuerpo y de la Sangre del Señor, que él toca con sus manos. Su actitud de respeto será proporcionada a lo que él comprenda.

4. Respecto a la manera de hacerlo se podrán seguir las indicaciones de la tradición antigua, que ponía en relieve la función ministerial del sacerdote y del diácono, que depositaba la hostia en la mano del comulgante. En todo caso, los fieles deberán consumir la hostia antes de volver a su sitio y la intervención del ministro será subrayada con la fórmula habitual: «El Cuerpo de Cristo», a la cual el fiel responderá: «Amén.»

5. Cualquiera que sea la forma adoptada, póngase atención en no dejar caer ni dispersar los fragmentos del pan eucarístico, así como tener una actitud conveniente del gesto en las manos según el uso de los diversos pueblos.

6. En el caso de la comunión bajo las dos especies, distribuida por intinción, no está permitido depositar en la mano del fiel la hostia mojada en la Sangre del Señor.

7. Los Obispos que hayan permitido la introducción del nuevo modo de comulgar deben enviar a esta Sagrada Congregación, en el plazo de seis meses, una relación sobre el resultado de esta concesión.

Notas:
1 Cfr. Conc. Trid. Sess. XII. Doctrina de communione sub ufraque specie et parvulorum: Denz. 1726 - 1227 (930) Sess. XXII. Decretum super peticionem concesionis calicis. Denz. 1760.
2 Augustine, Enarrationes in Psalmos, 98, 9: PL 37, 1264.
3 Cf. Cyril of Jerusalem, Catecheses Mystagogicae, V, 21: PG 33, 1126.
4 Hippolytus, Traditio Apostolica, n. 37; ed. B. Botte, 1963, p. 84.
5 Justin, Apologia I, 65: PG 6, 427.
6 Cf. Augustine, Enarrationes in Psalm os, 98, 9: PL 37, 1264-1265.
7 Cf. Justin, Apologia I, 66: PG 6, 427; cf. Irenaeus, Adversus Haereses, 1.4, c. 18. n. 5: PG 7,1028-1029.
8 S. Congregation of Rites, instruction Eucharisticum Mysterium, n. 3a: AAS 59 (1967) 541.
9 Cf. ibid. n. 9, p. 547.
10 Cyril of Jerusalem, Catecheses Mystagogicae, V. 21: PG 33, 1126.
11 Cf. Acts 20: 28. and Cf. II Vatican Council, decree Christus Dominus, n. 38, 4: AAS 58 (1966) 693.




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