sábado, 5 de septiembre de 2020

Meditaciones del tiempo ordinario con textos de Santo Tomás de Aquino 157

 

Sábado de la 22ª semana

LA JUSTICIA

La justicia - Piero Pollaiolo
 

I. Pertenece a la justicia dar cada uno lo que es debido.

 

Todas las virtudes morales que conciernen las acciones convienen en general con la justicia, porque tienen, de algún modo, razón de deuda. Pero la deuda no tiene la misma razón en todas; porque una cosa se debe al igual, otra al superior, otra al menor; una se debe por razón de un pacto, otra por promesa, otra por un beneficio recibido. Todos estos títulos diversos dan lugar a distintas virtudes; por ejemplo, la religión, por la cual se da a Dios lo que le es debido; la piedad, por la cual se da lo debido a los padres o a la patria; la gratitud, por la cual se paga lo debido a los bienhechores, y así otras. Además está la justicia legal, llamada virtud general, en cuanto ordena todas las virtudes al bien común.

 

Además de la justicia que mira al bien común, existe otra justicia propiamente dicha, que se ordena al bien privado de alguno, para devolver a éste lo suyo.

 

II. La justicia es más eminente que las demás virtudes morales.

 

Si hablamos de la justicia legal, resulta evidente que es la más preclara entre todas las virtudes morales, por cuanto el bien común es más importante que el bien particular de una persona, y según esto dice el Filósofo que "la justicia es la más preclara de las virtudes"1.

 

Pero, aun hablando de la justicia particular, sobresale entre las otras virtudes morales; porque se llama virtud mayor aquélla en que resplandece mayor bien de la razón, y conforme con esto la justicia sobresale como más próxima a la razón.

 

Eso se ve claro, tanto de parte del sujeto como del objeto; de parte del sujeto, porque reside en la parte más noble del alma, esto en el apetito racional, es decir, en la voluntad, mientras que las otras virtudes morales residen en el apetito sensitivo, al cual pertenecen las pasiones, que son materia de las demás virtudes morales. También lo es por parte del objeto o materia, porque versa acerca de las acciones con las que el hombre se ordena no sólo en sí mismo, sino también con relación a otros; y así la justicia es en cierto modo el bien de otro. Por eso dice el Filósofo: "Es necesario que sean las mayores virtudes las que son más útiles a los otros; porque la virtud es potencia bienhechora; y por eso se honra más a los fuertes y a los justos"2.

(2ª 2ae , q. LVIII a. 12: 1ª 2ae , q. LXVI, a. 4)

 

III. Los preceptos del Decálogo son preceptos de justicia.

 

Los preceptos del Decálogo son los primeros principios de la ley, y a los cuales asiente desde luego la razón natural, como a principios evidentísimos. Ahora bien, la razón de débito, que se requiere para el precepto, aparece en la justicia que se refiere a otro; porque en las cosas que atañen a sí propio, se conoce a primera vista que el hombre es dueño de sí mismo, y que le es lícito hacer lo que quisiere; pero en las que atañen a otro, es notorio que el hombre está obligado a darle lo que le debe; por eso fue necesario que los preceptos del Decálogo perteneciesen a la justicia. Así, pues, los tres primeros preceptos se refieren a los actos de religión, que es la parte más principal de la justicia; el cuarto precepto tiene por objeto los actos de piedad, que es parte secundaria de la justicia; y los otros seis se dan acerca de los actos de la justicia tomada en general, que se considera entre los iguales.

(2ª 2ae , q. CXXII, a. 1)

Notas:

1 Ethic., V, cap. 1.

2 Ethic., lib. 1, cap. 1.

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