lunes, 21 de abril de 2014

El Card. Kasper se apoya en una mala interpretación de un número muy reducido de textos - Dr. John Rist

Comunión de los divorciados vueltos a casar.
El cardenal Kasper y la luz de los Padres
 
John Rist
 
Doctor en Filosofía,
 catedrático en la Universidad Católica de América
y profesor del Instituto Patrístico Augustinianum,
 de la Pontificia Universidad Lateranense
 
No es mi intención intervenir en lo que compete al cardenal respecto a la doctrina sobre el matrimonio, sino más bien, tratar esta cuestión desde mi especialidad: la doctrina de los Padres de la Iglesia.
El 20 de febrero el cardenal alemán Walter Kasper dio una conferencia, titulada «El Evangelio de la Familia» ante el Consistorio Extraordinario sobre la Familia, convocado por el Santo Padre, para tratar principalmente las dificultades con las que se encuentran actualmente los matrimonios católicos –desplazamientos masivos, inmigración, coste de la crianza y educación de los hijos, envejecimiento de la población, individualismo, aislamiento de la vida urbana, divorcio civil, etc.–
Un católico casado como yo podría pensar que tales circunstancias aconsejan, no relajar las normas que prohíben la comunión a los divorciados vueltos a casar, sino más bien que Roma establezca requisitos mucho más serios en la formación para el matrimonio que los novios deben recibir de los sacerdotes u otras personas; conscientes de estas dificultades del matrimonio en la sociedad contemporánea, sería un avance notable para resolver o al menos reducir el problema y aliviar la presión sobre los tribunales que resuelven los casos matrimoniales.
Sin embargo, el cardenal Kasper propone que se liberalice la norma sobre la Comunión para dos grupos de católicos divorciados vueltos a casar: aquellos que sinceramente creen (o quizá incluso saben) que contrajeron matrimonio canónico sin la intención firme o sin una adecuada comprensión respecto a las normas sobre la validez del mismo; y, en segundo lugar, aquellos que han contraído un segundo matrimonio civil porque su matrimonio católico ha fracasado «irremediablemente», con énfasis en que el «grupo probablemente muy pequeño» de éstos últimos sería el que especialmente merece la relajación de esa norma.
Con todo, no es mi intención intervenir en lo que compete al cardenal respecto a la doctrina sobre el matrimonio, sino más bien, tratar esta cuestión desde mi especialidad: la doctrina de los Padres de la Iglesia. Ya que, aunque el Cardenal Kasper admite que no podemos simplemente volver a la antigua doctrina, sí afirma –al sugerir al mismo tiempo un paralelo impreciso con el desarrollo de la doctrina sobre la penitencia por la apostasía– que los datos sobre la Iglesia antigua son suficientemente imprecisos como para que pueda encontrarse un fundamento patrístico a un planteamiento más relajado. Para manifestar lo débil de esta pretensión, me permito aproximarme a los pocos textos que el cardenal ofrece para apoyar su posición– limitándome al período anterior al siglo sexto, ya que a partir de Justiniano en el Oriente el avance del cesaropapismo hace que la doctrina primitiva se deforme, en favor de un enfoque más relajado.
Aunque otros han sugerido testimonios «primitivos» –pero inexistentes– a favor de la propuesta del cardenal, éste prudentemente no aporta nada de los más de 150 primeros años del cristianismo, posiblemente porque acepta que durante ese tiempo las normas del matrimonio fueron todavía estrictas y apostólicamente fundamentadas. El primer texto que cita, de la mitad del siglo tercero, es de Orígenes (Comentario sobre Mateo, 14,23-24) que informa de que los obispos de ciertas iglesias locales «no sin razón» permiten la Comunión a aquellos divorciados vueltos a casar. No obstante, Orígenes también dice –no una sino tres veces– que esta práctica es contraria a la Escritura: ¡difícilmente puede esto considerarse como una aprobación, ni siquiera como tolerancia, por parte de un teólogo tan bíblico! Aparte de los concilios (los trato más adelante), el cardenal Kasper ofrece más documentos sólo del siglo cuarto, cuando indica que Basilio (cartas 188 y 199), Gregorio Nacianceno (Oratio 37) y Agustín son conscientes de la misma práctica; lo que omite es indicar que ninguno de ellos está a favor de lo que claramente se opone a su doctrina ordinaria.
Más allá de los teólogos «privados», el cardenal Kasper afirma que en el Concilio de Nicea (325) aparece una actitud más pastoral, supuestamente en el Canon 8, que (según él y otros) «confirmó» una postura más relajada. Aunque ocasionalmente se haya interpretado así ese texto, su objeto casi incuestionable es permitir la Comunión, no a los divorciados vueltos a casar, sino a los viudos vueltos a casar; ya que hemos de tener presente que el volver a casarse por segunda vez, en cualquier circunstancia –incluyendo la viudez– era muy controvertido, lo que explica que el Concilio examinara esta duda. Tampoco se fortalece la posición del cardenal Kasper cuando aplica mal el concepto paulino de metanoia y de ahí deduce que los Padres podrían considerar el «arrepentimiento» por el fracaso de un primer matrimonio para justificar que contrajeran un segundo matrimonio.
En conclusión, según nuestro análisis, la postura del Cardenal se apoya en una mala interpretación de un número muy reducido de textos, dejando de lado muchos otros que los contradicen. ¿Cómo puede haber sucedido esto?
A mi juicio, estamos ante un ejemplo de un método demasiado frecuente en el mundo académico, especialmente si el trabajo está condicionado por algún interés o ideología: hay una cantidad arrolladora de textos en un sentido y uno o dos textos que podrían interpretarse en sentido contrario; de donde se deduce la conclusión deseada, o al menos que el asunto quede abierto.
Es posible que el cardenal Kasper pueda citar otros textos; desde luego, podrá citar a los pocos peritos cuya pista ha seguido. Pero evidentemente ¡una práctica académica engañosa no debería ser más convincente si hay varios ejemplos de ella que si sólo hay uno!
 
John Rist, Ph.D., ocupa la Catedra de Filosofía Padre Kurt Pritzl OP en la Universidad Católica de América. Fue profesor de Clásicos en la Universidad de Toronto durante 30 años y actualmente es profesor en el Augustinianum, el Instituto Patrístico de Roma. Rist tiene numerosas publicaciones sobre filosofía antigua, patrística y filosofía moral. Está casado y es padre y abuelo.
 
Publicado el 2 de abril de 2014
con el título «Remarriage, Divorce and Communion: Patristic Light on a Recent Problem. Philosophy Professor John Rist Critiques Cardinal Kasper's Consistory Speech» en Zenit
 
 


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