Comunión de los divorciados vueltos a casar.
El cardenal Kasper y la luz de los Padres
John Rist
Doctor en Filosofía,
catedrático en la Universidad
Católica de América
y profesor del Instituto Patrístico Augustinianum,
de la Pontificia Universidad
Lateranense
No es mi
intención intervenir en lo que compete al cardenal respecto a la doctrina sobre
el matrimonio, sino más bien, tratar esta cuestión desde mi especialidad: la
doctrina de los Padres de la Iglesia.
El 20 de febrero el cardenal alemán Walter Kasper dio una conferencia, titulada «El
Evangelio de la Familia» ante el Consistorio Extraordinario sobre
la Familia, convocado por el Santo Padre, para tratar
principalmente las dificultades con las que se encuentran actualmente los
matrimonios católicos –desplazamientos masivos, inmigración, coste de la
crianza y educación de los hijos, envejecimiento de la población,
individualismo, aislamiento de la vida urbana, divorcio civil, etc.–
Un católico casado como yo podría pensar que tales circunstancias aconsejan, no
relajar las normas que prohíben la comunión a los divorciados vueltos a casar,
sino más bien que Roma establezca requisitos mucho más serios en la formación
para el matrimonio que los novios deben recibir de los sacerdotes u otras
personas; conscientes de estas dificultades del matrimonio en la sociedad
contemporánea, sería un avance notable para resolver o al menos reducir el
problema y aliviar la presión sobre los tribunales que resuelven los casos matrimoniales.
Sin embargo, el cardenal Kasper propone que se liberalice la norma sobre la Comunión para dos
grupos de católicos divorciados vueltos a casar: aquellos que sinceramente
creen (o quizá incluso saben) que contrajeron matrimonio canónico sin la intención
firme o sin una adecuada comprensión respecto a las normas sobre la validez del
mismo; y, en segundo lugar, aquellos que han contraído un segundo matrimonio
civil porque su matrimonio católico ha fracasado «irremediablemente», con
énfasis en que el «grupo probablemente muy pequeño» de éstos últimos sería el
que especialmente merece la relajación de esa norma.
Con todo, no es mi intención intervenir en
lo que compete al cardenal respecto a la doctrina sobre el matrimonio, sino más
bien, tratar esta cuestión desde mi especialidad: la doctrina de los Padres de
la Iglesia. Ya que, aunque el Cardenal Kasper admite que no podemos simplemente
volver a la antigua doctrina, sí afirma –al sugerir al mismo tiempo un paralelo
impreciso con el desarrollo de la doctrina sobre la penitencia por la
apostasía– que los datos sobre la Iglesia antigua son suficientemente
imprecisos como para que pueda encontrarse un fundamento patrístico a un
planteamiento más relajado. Para manifestar lo débil de esta
pretensión, me permito aproximarme a los pocos textos que el
cardenal ofrece para apoyar su posición– limitándome al período anterior al
siglo sexto, ya que a partir de Justiniano en el Oriente el avance del
cesaropapismo hace que la doctrina primitiva se deforme, en favor de un enfoque
más relajado.
Aunque otros han sugerido testimonios «primitivos»
–pero inexistentes– a favor
de la propuesta del cardenal, éste prudentemente no aporta nada de los más de
150 primeros años del cristianismo, posiblemente porque acepta que durante ese
tiempo las normas del matrimonio fueron todavía estrictas y apostólicamente
fundamentadas. El primer texto que cita, de la mitad del siglo tercero, es de Orígenes (Comentario sobre Mateo, 14,23-24) que informa
de que los obispos de ciertas iglesias locales «no sin razón» permiten la
Comunión a aquellos divorciados vueltos a casar. No obstante, Orígenes también
dice –no una sino tres veces– que esta práctica es contraria a la Escritura:
¡difícilmente puede esto considerarse como una aprobación, ni siquiera como
tolerancia, por parte de un teólogo tan bíblico! Aparte de los concilios (los
trato más adelante), el cardenal Kasper ofrece más documentos sólo del siglo
cuarto, cuando indica que Basilio (cartas
188 y 199), Gregorio Nacianceno (Oratio
37) y Agustín son conscientes de la misma
práctica; lo que omite es indicar que ninguno de ellos está a favor de lo que
claramente se opone a su doctrina ordinaria.
Más allá de los teólogos «privados», el
cardenal Kasper afirma que en el Concilio de Nicea (325)
aparece una actitud más pastoral, supuestamente en el Canon 8, que (según él y
otros) «confirmó» una postura más relajada. Aunque ocasionalmente se haya
interpretado así ese texto, su objeto casi incuestionable es permitir la
Comunión, no a los divorciados vueltos a casar, sino a
los viudos vueltos a casar; ya que hemos de tener presente que
el volver a casarse por segunda vez, en cualquier circunstancia –incluyendo la
viudez– era muy controvertido, lo que explica que el Concilio examinara esta
duda. Tampoco se fortalece la posición del cardenal Kasper cuando aplica mal el
concepto paulino de metanoia y de ahí deduce que los
Padres podrían considerar el «arrepentimiento» por el fracaso de un primer
matrimonio para justificar que contrajeran un segundo matrimonio.
En conclusión, según nuestro análisis, la postura del Cardenal se apoya en una mala interpretación de un número
muy reducido de textos, dejando de lado muchos otros que los contradicen.
¿Cómo puede haber sucedido esto?
A mi juicio, estamos ante un ejemplo de un
método demasiado frecuente en el mundo académico, especialmente si el trabajo
está condicionado por algún interés o ideología: hay una cantidad arrolladora
de textos en un sentido y uno o dos textos que podrían interpretarse en sentido
contrario; de donde se deduce la conclusión deseada, o al menos que el asunto
quede abierto.
Es posible que el cardenal Kasper pueda citar otros textos; desde
luego, podrá citar a los pocos peritos cuya pista ha seguido. Pero
evidentemente ¡una práctica académica engañosa no debería ser más convincente
si hay varios ejemplos de ella que si sólo hay uno!
John Rist,
Ph.D., ocupa la Catedra de Filosofía Padre Kurt Pritzl OP en la Universidad
Católica de América. Fue profesor de Clásicos en la Universidad de Toronto
durante 30 años y actualmente es profesor en el Augustinianum, el Instituto
Patrístico de Roma. Rist tiene numerosas publicaciones sobre filosofía antigua,
patrística y filosofía moral. Está casado y es padre y abuelo.
Publicado
el 2 de abril de 2014
con el
título «Remarriage, Divorce and Communion: Patristic Light on a Recent Problem.
Philosophy Professor John Rist Critiques Cardinal Kasper's Consistory Speech» en
Zenit
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